Presidencia de la Nación

DIRECCION NAC.REG.NAC.PROP.AUTO. Y CRED.PRENDARIOS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 98/2018

Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2018

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la puesta en vigencia del Sistema de Trámites Electrónicos (SITE) ha permitido la tramitación y presentación de trámites registrales en forma remota mediante la utilización de medios electrónicos.

Que la operatoria de gestión electrónica se ha extendido a numerosos trámites registrales, de modo de brindar mayores servicios a los usuarios del sistema, complementándose para ello, necesariamente, con la posibilidad de efectuar el pago de los aranceles correspondientes por vía electrónica.

Que, previamente a extender esos procedimientos a otros trámites registrales (v.gr.: transferencia de dominio, inscripción inicial), resulta necesario dotar al sistema registral de nuevas y mejores herramientas tecnológicas, que contribuyan a la eficaz utilización de los medios de pago disponibles para los usuarios.

Que, en ese sentido, resulta imprescindible que aquéllos tengan la posibilidad de estimar con mayor certeza el monto arancelario a abonar en oportunidad de peticionarse un trámite registral, con antelación al inicio de la tramitación mediante el Sistema de Trámites Electrónicos (SITE).

Que, a ese efecto, se entiende necesario crear un instrumento que permita practicar el cálculo de los montos registrales de manera automática.

Que, consecuentemente, se impone la implementación del ESTIMADOR DE COSTOS REGISTRALES, desarrollado por el Departamento de Servicios Informáticos, el que se encontrará disponible para su acceso al público usuario a través de la página oficial del organismo.

Que esta medida importará mejoras operativas respecto de los usuarios del sistema, en relación directa con los objetivos sentados por el Plan de Modernización del Estado (Decreto N° 434/16) y lo dispuesto en el Decreto Nº 891/17.

Que ha tomado debida intervención del DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Impleméntese el ESTIMADOR DE COSTOS REGISTRALES, el que se encontrará disponible para su acceso al público usuario a través de la página oficial del organismo: www.dnrpa.gov.ar.

ARTÍCULO 2º.- El Departamento Calidad de Gestión conjuntamente con el de Servicios Informáticos dictarán los instructivos necesarios para la utilización de la herramienta digital indicada en el artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar Agost Carreño.

e. 28/03/2018 N° 20033/18 v. 28/03/2018
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