Presidencia de la Nación

DIRECCION NAC.REG.NAC.PROP.AUTO. Y CRED.PRENDARIOS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 76/2020

DI-2020-76-APN-DNRNPACP#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2020

VISTO el Decreto Nº DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se dispuso la ampliación de “la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19”.

Que en ese marco, con la finalidad de mitigar el impacto sanitario de la pandemia se recomienda, entre otras cuestiones, la implementación de las medidas tendientes a evitar conglomerados de personas.

Que, en concordancia con esas previsiones, la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, por conducto de la Resolución N° RESOL-2020-105-APN-MJ, ha dispuesto una serie de recomendaciones destinadas al cumplimiento e implementación de las disposiciones del citado Decreto en el ámbito de los edificios, establecimientos, oficinas u otros espacios de prestación de servicios correspondientes a ese Ministerio.

Que, por otra parte, los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor dependientes de esta Dirección Nacional son los lugares destinados por el Poder Ejecutivo Nacional para la atención y despacho de los trámites referidos al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, a cargo de este organismo.

Que, en ese contexto, se entiende pertinente disponer el cierre de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en todas sus competencias durante el día 20 del corriente mes.

Que ha tomado debida intervención del DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso a), del Decreto N° 335/88.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Ordénase el cierre de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en todas sus competencias el día 20 de marzo de 2020.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, atento su carácter de interés general, dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. María Eugenia Doro Urquiza

e. 20/03/2020 N° 15796/20 v. 20/03/2020
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