Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 438/2005

Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Modificación.

Bs. As., 22/7/2005

VISTO la actuación SIGEA Nro. 10258 - 14 - 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la actuación citada en el VISTO indica la necesidad de modificar la estructura organizativa de la Dirección de Presupuesto y Finanzas en el ámbito de la Subdirección General de Planificación y Administración, teniendo en cuenta la implementación del procedimiento para el trámite de los requerimientos de pago de deuda consolidada, motivo por el cual es menester disponer de un área centralizadora que coordine los trámites que se deriven de ellos.

Que la creación de dicha unidad está orientada a mejorar la dinámica de funcionamiento originada en los requerimientos de las mandas judiciales, como así también en el cobro de honorarios profesionales en los juicios de naturaleza tributaria con sentencia desfavorable al fisco.

Que asimismo, se prevé que la Dirección mencionada actúe como unidad centralizadora de la gestión ante las dependencias del Ministerio de Economía y Producción, la Sindicatura General de la Nación y la Caja de Valores S.A. que intervienen de modo sustantivo en este tipo de procesos de pago.

Que por lo expuesto, resulta conveniente modificar la estructura organizativa de la Dirección de Presupuesto y Finanzas, a efectos de permitir la reasignación de funciones para desarrollar una mejor operatoria de la gestión y un óptimo aprovechamiento de los recursos.

Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Planificación y Administración.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que el Comité de Análisis de Estructura Organizacional —Disposición Nº 404/03 (AFIP)— ha tomado la intervención que le compete.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada "Coordinación de Asuntos Legales Económicos y Financieros", dependiente jerárquicamente de la Dirección de Presupuesto y Finanzas en el ámbito de la Subdirección General de Planificación y Administración.

Art. 2º — Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección en el cupo de la Dirección de Presupuesto y Finanzas en el ámbito de la Subdirección General de Planificación y Administración.

Art. 3º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A37 y —en la parte pertinente — B37 —de la Disposición Nº 506 (AFIP) del 31/10/02— y C —de la Disposición Nº 722 (AFIP) del 22/11/04— por los que se aprueban por la presente

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto R. Abad.

ANEXO C

Anexo B37

SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y ADMINISTRACION

DIRECCION DE PRESUPUESTO Y FINANZAS

DIVISION COORDINACION DE ASUNTOS LEGALES ECONOMICOS Y FINANCIEROS

ACCION

Intervenir en la coordinación y supervisión de los trámites administrativos de cancelación de deudas consolidadas, en los originados en causas judiciales, en los quebrantos impositivos y en los sumarios administrativos, en los que la Dirección de Presupuesto y Finanzas tenga competencia.

TAREAS

1. Coordinar y dirigir la gestión de los trámites administrativos originados en las deudas institucionales en las que la Dirección de Presupuesto y Finanzas tenga competencia.

2. Supervisar las acciones ejecutadas por sus dependencias, en la tramitación de los expedientes respectivos.

3. Supervisar la liquidación administrativa de los honorarios en los juicios de carácter tributario a cargo del Fisco, que deban ser abonados en efectivo.

4. Supervisar las tramitaciones que como consecuencia de las tareas propias del área deban efectuarse ante los estrados judiciales.

5. Proponer las medidas conducentes a optimizar los flujos de trabajo entre las distintas áreas del Organismo afectadas al trámite de requerimientos de pago de deuda consolidada.

6. Promover el intercambio informativo entre las distintas áreas con las que se interrelacione y elaborar las estadísticas.

7. Gestionar la cobranza administrativa de las acreencias que se devenguen a favor del Organismo en las que tenga competencia la Dirección de Presupuesto y Finanzas.

8. Intervenir en la gestión de pagos que se originen como consecuencia de pronunciamientos judiciales.

ANEXO A37

Nº 486.794

Scroll hacia arriba