Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE COORDINACION


MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

Disposición 254 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2016

VISTO el Expediente Nº EX-2016-04282087-APN- DDYME#MTU, del registro de MINISTERIO DE TURISMO, las normas establecidas por el art. 24 inc. b) de la Ley Nº 25.997, Decreto Nº 1297/2006, arts. 23 y 24 del Anexo I y Resolución ST Nº 144/06, y

CONSIDERANDO:

Que el art. 24 de la Ley de Presupuesto N° 27.341, B.O. 21/12/2016, sustituyó el art. 24 inc. b) de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 por el siguiente: “b) El producto del siete por ciento (7%) del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al exterior, conforme lo determine la reglamentación, vendidos o emitidos en el país y los vendidos o emitidos en el exterior para residentes argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional”.

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9º del Anexo I de la Resolución ST Nº 144/06 este MINISTERIO DE TURISMO establece el cronograma anual de depósito y presentación de las Declaraciones Juradas del impuesto sobre el valor de los pasajes marítimos al exterior en el que se determinan las oportunidades en que los agentes de percepción deben liquidar y efectuar el depósito de los montos correspondientes.

Que con la modificación de la Ley Nacional de Turismo el artículo 9° de la citada resolución ha quedado derogado en lo atinente al porcentaje a percibir del pasajero en concepto de impuesto sobre el precio de los pasajes al exterior. Que el artículo 8º de la Resolución ST Nº 144/06 de este MINISTERIO DE TURISMO establece la obligación de los agentes de percepción del impuesto de presentar Certificaciones Contables en forma cuatrimestral por lo que se estima conveniente fijar las fechas de vencimiento de cada obligación para el año 2017.

Que la COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN IMPUESTO PASAJES AL EXTERIOR y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, la Ley Nacional de Turismo N° 25.997, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y el Decreto N° 911 de fecha 4 de agosto de 2016.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2017, determinando las fechas en que los agentes de percepción del impuesto del 7 % (siete por ciento) sobre el valor de los pasajes marítimos al exterior, deberán presentar las Declaraciones Juradas y depositar los montos correspondientes, de acuerdo al Anexo I (IF-2016-05002157-APN-DGA#MTU) que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2017 a los fines de la presentación de las Certificaciones Contables cuatrimestrales, en el que se han determinado las fechas del vencimiento de cada obligación, de acuerdo al Anexo I (IF-2016-05002157-APN-DGA#MTU) que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3° — Regístrese; comuníquese; publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — SEBASTIÁN ARIEL SLOBAYEN, Subsecretario, Subsecretaría de Coordinación, Ministerio de Turismo.

ANEXO I

AÑO 2017 PERIODO A LIQUIDAR FECHA DE DEPOSITO CERTIFICACION CONTABLE
DESDE HASTA
ENERO 01/01/2017 31/01/2017 07/02/2017
FEBRERO 01/02/2017 28/02/2017 07/03/2017
MARZO 01/03/2017 31/03/2017 07/04/2017
ABRIL 01/04/2017 30/04/2017 08/05/2017 26/07/2017
MAYO 01/05/2017 31/05/2017 07/06/2017
JUNIO 01/06/2017 30/06/2017 07/07/2017
JULIO 01/07/2017 31/07/2017 07/08/2017
AGOSTO 01/08/2017 31/08/2017 07/09/2017 24/11/2017
SEPTIEMBRE 01/09/2017 30/09/2017 06/10/2017
OCTUBRE 01/10/2017 31/10/2017 07/11/2017
NOVIEMBRE 01/11/2017 30/11/2017 07/12/2017
DICIEMBRE 01/12/2017 31/12/2017 08/01/2018 28/03/2018

IF-2016-05002157-APN-DGA#MTU

e. 04/01/2017 N° 190/17 v. 04/01/2017
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