Presidencia de la Nación

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 203/2018

DI-2018-203-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2018

VISTO el EX-2018-23640053-APN-DGA#ANSV del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, Nº 26.363, y sus normas reglamentarias, y el Decreto N° 8 del 4 de enero de 2016

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como organismo descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN de conformidad a lo especificado en el Decreto N° 8 del 4 de enero de 2016, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales.

Que por los artículos 3° y 4º inciso a) de la mencionada ley se dispuso respectivamente, que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL será la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales previstas en la normativa vigente en la materia, y que entre sus funciones se encuentra la de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional.

Que la creación de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL tiene como antecedente el PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL 2006-2009, formulado por los organismos que conforman el SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, aprobado por la XXXI Asamblea del CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL. Asimismo, tiene como antecedente el “CONVENIO FEDERAL SOBRE ACCIONES EN MATERIA DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL”, suscripto entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en fecha 15 de Agosto de 2007, ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1.232 del 11 de septiembre de 2007 y posteriormente por Ley 26.353.

Que la Provincia de Misiones adhirió a las Leyes Nacionales Nros 24.449 y 26.363 a través de las leyes provinciales Nº 3.211 y N° 4.511.

Que con el propósito de fortalecer, complementar e intensificar las acciones que se vienen desarrollando en materia de tránsito y seguridad vial, la Provincia de Misiones ha solicitado a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL colaboración, ello a fines de mejorar las actividades de concientización, prevención y control de tránsito en jurisdicción provincial mediante la implementación de tecnología necesaria para tales fines.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, cuenta con la tecnología necesaria para la realización de operativos de prevención, control y fiscalización vial destinados a reforzar la seguridad vial, de conformidad con lo establecido por las Leyes Nº. 24.449 y Nº 26.363, sus normas reglamentarias y complementarias.

Que en tal sentido, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la POLICIA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, han suscripto un Contrato de Comodato, con el objetivo de posibilitar la instrumentación de medidas efectivas que permitan reducir la tasa de siniestralidad en el territorio nacional.

Que en virtud de dicho contrato, es menester prever y establecer un adecuado resguardo patrimonial de los bienes a ser entregados en comodato a la Policía de la Provincia de Misiones, ello a los fines de preservar el instrumental afectado a los controles de tránsito.

Que en base a todo lo expuesto, corresponde aprobar el Contrato de Comodato de DOS (2) Cinemómetros, con sus respectivos accesorios.

Que la DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL, la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INFRACCIONES, LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS, de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 7º inciso a) y b) y h) de la Ley Nº 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el contrato de comodato de DOS (2) cinemómetros controladores de velocidad, que como Anexo (DI-2018-36198493-APN-ANSV#MTR) forma parte de la presente Disposición, suscripto entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la LA PROVINCIA DE MISIONES representada por la Policía de la Provincia de Misiones.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, y cumplido, archívese. Carlos Alberto Perez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/08/2018 N° 56339/18 v. 06/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

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