Presidencia de la Nación

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO


AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Disposición 20/2016

Buenos Aires, 16/11/2016

VISTO el Expediente ACR N° 0000770/2016, la Ley N° 26.168, el Decreto PEN N° 1172/2003, las Resoluciones Presidencia ACUMAR N° 79/2016, N° 82/2016, N° 89/2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la Ley N° 26.168 en su artículo 5° otorga al organismo facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la Cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición, y utilización racional de los recursos naturales y faculta especialmente a la ACUMAR a llevar a cabo cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento administrativo necesario o conveniente para ejecutar el Plan Integral de Control de la Contaminación y Recomposición Ambiental.

Que en el marco de la actualización del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) presentado ante el JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 2 de MORÓN en fecha 07 de julio de 2016, se aprobó la Resolución Presidencia ACUMAR N° 82/2016 mediante la cual se convocó a Audiencia Pública a los fines de permitir y promover la efectiva participación ciudadana en relación a la actualización del mencionado Plan y dar inicio al proceso de construcción de una visión compartida de la Cuenca.

Que asimismo, mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N° 89/2016, se designó como Presidente de la Audiencia Pública al Presidente de la ACUMAR, y se facultó al Director Ejecutivo a designar a otros funcionarios a ejercer en forma simultánea y/o sucesiva la Presidencia de la Audiencia, en razón de los distintos temas a tratar.

Que la Audiencia Pública se llevó a cabo el día 16 de septiembre de 2016 en el CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, cumpliendo con lo establecido por el Decreto PEN N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, mediante el cual se aprobó como ANEXO I el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional.

Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento mencionado, el cual establece que la autoridad convocante deberá fundamentar su resolución final y explicar de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones de la ciudadanía y, en su caso, las razones por las cuales las rechaza.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168 y las Resoluciones Presidencia ACUMAR N° 79/2016, N° 82/2016 y N° 89/2016.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ACUMAR

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el informe final de la Audiencia Pública llevada a cabo en el CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, el día 16 de septiembre de 2016, a los fines de permitir y promover la efectiva participación ciudadana en relación a la “PRESENTACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (PISA) E INICIO DEL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DE VISIÓN COMPARTIDA”, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Instrúyese a las áreas competentes del organismo a continuar con el proceso iniciado de construcción de visión compartida de la actualización del PISA.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — JULIO TORTI, Director Ejecutivo, ACUMAR.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)


e. 18/11/2016 N° 87692/16 v. 18/11/2016
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