Presidencia de la Nación

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 1951/2018

DISFC-2018-1951-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2018

Visto lo expuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, lo opinado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que la observación del marco normativo requiere de un análisis permanente, con la premisa de adecuarlo a las necesidades emergentes de la actividad desplegada por la Organización.

Que la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación impulsa la rectificación de la Ordenanza Nº 4/03 (DPSN) del Tomo 2 “Régimen Administrativo del Buque” titulada “NORMAS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE PROTECCIÓN DE LOS BUQUES ACORDE A LA PARTE “A” DEL CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)”.

Que la misma se fundamenta en la necesidad de reforzar la protección de los buques que operen en el ámbito de la Hidrovía Paraguay-Paraná, especialmente para prevenir que el transporte por agua sea blanco de las organizaciones criminales, en especial el narcotráfico, la trata de personas y el contrabando de mercaderías.

Que el incremento de la navegación en el ámbito de la Cuenca del Plata, en particular de los convoyes de empuje, ha generado la necesidad de habilitar amarraderos de barcazas, donde por razones operativas se efectúa el armado y desarme de convoyes, configurando un escenario de riesgo para la seguridad y protección que debe evaluarse y mitigarse, según cada caso.

Que la Asesoría Jurídica de la Institución ha emitido Dictamen favorable para la implementación de la presente.

Que el proyecto no presenta objeciones desde el punto de vista reglamentario, conforme lo establece la publicación R.I. PNA 3-001 “Reglamento de Publicaciones”.

Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo a los preceptos del Artículo 5º, inciso a), apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina”.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la rectificación de la Ordenanza Nº 4-03 (DPSN) del Tomo 2 “Régimen Administrativo del Buque” titulada “NORMAS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE PROTECCIÓN DE LOS BUQUES ACORDE A LA PARTE “A” DEL CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)”, que se adjunta como Anexo DI-2018-66175383-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- La presente modificación entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º.- Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, se procederá a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en los sitios oficiales de INTERNET e INTRANET de la Prefectura Naval Argentina.

ARTÍCULO 4º.- Realícense las comunicaciones pertinentes, dese a publicidad y archívese. Eduardo Rene Scarzello - Hugo Raul Garcia - Alejandro Raúl Rajruj

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página oficial web de la Prefectura Naval Argentina www.prefecturanaval.gob.ar

e. 27/12/2018 N° 99086/18 v. 27/12/2018
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