Presidencia de la Nación

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 153/2011

Declárese de interés la campaña de concientización basada en las siete líneas estratégicas del Plan Estratégico de Seguridad Vial - Región Capital, de la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 30/5/2011

VISTO: El Expediente Nº S02:0006489/2011 del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, las Leyes Nº 26.363 y Nº 24.449 y su normativa reglamentaria, y

CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION CIVIL AMOR Y RESPETO AL PROJIMO PARA FAMILIAS DE VICTIMAS DE TRANSITO presentó formalmente a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL una nota mediante la cual informa que desarrollará la campaña de concientización basada en siete líneas estratégicas del Plan Estratégico de Seguridad Vial - Región Capital, que fuera realizado por la Universidad Nacional de La Plata, Dirección de Asuntos Municipales.

Que en primer lugar resulta oportuno señalar que las siete líneas estratégicas diseñadas en el marco del Plan Estratégico de Seguridad Vial son: Educación y formación vial comunitaria; Gestión, coordinación y seguimiento de la movilidad; Contralor del Tránsito; Vías de comunicación más seguras; Información, divulgación y sensibilización de los usuarios; Sistema de transporte sostenible, accesible y seguro; Atención y auxilio a las víctimas.

Que es dable indicar que las mencionadas líneas estratégicas se trazaron en pos de cumplimentar el objetivo principal del Plan Estratégico de Seguridad Vial – Región Capital de la Provincia de Buenos Aires, conformada por las ciudades de Berisso, Brandsen, Ensenada, La Plata, Magdalena y Punta Indio; el cual consiste en reducir la cantidad de víctimas de accidentes de tránsito, a partir de un modelo de Movilidad y Seguridad Vial Sostenible, que propicie el cambio modal hacia el transporte público y los modos no motorizados y ecológicos, en el marco de una gestión planificada de la Región Capital de la Provincia de Buenos Aires (plan estratégico integrado con la red de actores sociales), basada en sistemas de información en tiempo real y la participación ciudadana.

Que en cumplimiento de ese objeto se implementarán políticas y planes de desarrollo regional, promoviendo el acceso de los ciudadanos al conocimiento y tecnologías de la información, a los servicios básicos de infraestructura, vivienda y equipamientos sociales; conformándose un sistema regional de conectividad vial que vincule el territorio productivo y el puerto de la región, fomentándose el transporte público; posibilitando la conectividad de las plataformas logísticas con la infraestructura de transporte vial y fluvial, potenciando el desarrollo industrial; en donde la movilidad urbana y la seguridad vial son parte del todo.

Que con ello, se persigue mejorar las capacidades actitudinales de la comunidad, para lograr su segura movilidad a efectos de fortalecer los valores humanos y reducir riesgos en la vía pública, fortalecer las acciones de coordinación y seguimiento de la movilidad comunitaria, optimizar las acciones destinadas al contralor del sistema de movilidad para elevar los niveles de seguridad del conjunto y la protección de cada uno de los usuarios, dotar de una red de vías adecuadas a las capacidades y necesidades con alto nivel de confort, mejorar el funcionamiento de los sistemas de transporte, sensibilizar a la comunidad sobre las ventajas de vivir y transitar con seguridad y garantizar una rápida atención médica de urgencia en caso de eventuales siniestros viales.

Que la campaña de concientización basada en las siete líneas estratégicas del Plan de Seguridad Vial - Región Capital, se llevará a cabo en las radios con mayor audiencia en la zona, FM Radio Real 92.1, FM 103.5 Cielo, FM 99.1 y FM 103.1 La Redonda de la Ciudad de La Plata, Pcia. de Buenos Aires, con cobertura en toda la Región Capital, con cinco salidas diarias en la franja horaria central, permitiendo una llegada amplia a la población en procura de un mayor impacto social.

Que la campaña de concientización señalada coadyuvará a disminuir los siniestros de tránsito de la región, toda vez que permitirá educar, capacitar y concientizar a la población, promoviendo su participación y colaboración con el Estado.

Que en tal sentido, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya misión principal radica en la disminución de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, estima oportuno, meritorio y necesario declarar de interés en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a la Campaña de Concientización basada en siete líneas estratégicas del Plan Estratégico de Seguridad Vial – Región Capital, que desarrollará la ASOCIACION CIVIL AMOR Y RESPETO AL PROJIMO PARA FAMILIAS DE VICTIMAS DE TRANSITO.

Que la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 7º inciso b) de la Ley Nacional Nº 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

Artículo 1º — Declárese de interés en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la campaña de concientización basada en las siete líneas estratégicas del Plan Estratégico de Seguridad Vial - Región Capital, de la Provincia de Buenos Aires, que realizará la ASOCIACION CIVIL AMOR Y RESPETO AL PROJIMO PARA FAMILIAS DE VICTIMAS DE TRANSITO.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Felipe Rodríguez Laguens.

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