Presidencia de la Nación

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 1299/2022

DISFC-2022-1299-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2022

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación mediante EX-2021-46936361-APN-DPSN#PNA, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Decreto N° 770/2019 “RÉGIMEN DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, FLUVIAL Y LACUSTRE” (DECTO-2019-770-APN-PTE), se estableció que la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, en los casos no contemplados por los convenios internacionales, determinará las normas que regirán la asignación del francobordo de los buques, el modelo, tiempo de validez y renovación de la certificación que se les expedirá a los mismos, así como las características y posición de las marcas correspondientes.

Que, asimismo, corresponde a la organización, la asignación de los francobordos de los buques, expedir y renovar la certificación correspondiente, verificar no solo la posición sino también, el estado de las marcas de francobordo y controlar el mantenimiento de las condiciones estructurales y de estanqueidad que regulen la asignación de este.

Que la Ordenanza N° 1-19 (DPSN) del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada “NORMAS PARA LA ASIGNACIÓN DE FRANCOBORDO PARA BUQUES PESQUEROS”, tiene por objeto ampliar la obligatoriedad de instalar marcas de francobordo a los buques pesqueros de eslora menor a DIECIOCHO metros (18 m), tanto nuevos como existentes, anteriormente eximidos.

Que, a raíz de la implementación de la mencionada Ordenanza, es conveniente armonizar en un único instrumento reglamentario, la totalidad de las metodologías para tal asignación, así como los aspectos administrativos y de certificación del francobordo para buques dedicados a la pesca.

Que se han realizado estudios técnicos para la mejora en los procesos y procedimientos. A raíz de ello, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación impulsa el proyecto de actualización de la Ordenanza.

Que ha intervenido y emitido opinión favorable la Asesoría Técnica Naval.

Que ha tenido la intervención correspondiente la Dirección de Asuntos Jurídicos y ha emitido dictamen, determinando que no existen óbices desde el punto de vista estrictamente jurídico para la aprobación de la presente.

Que la Dirección de Planeamiento no tiene objeciones que formular, toda vez que el contenido de la publicación propiciada se adecua a los criterios de coherencia y cohesión requeridos dentro del sistema reglamentario y el de publicaciones, vigentes en la organización.

Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso a), apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina”.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. APRUÉBASE la actualización del contenido de la Ordenanza N° 1-19 (DPSN) del TOMO 1 “NORMAS PARA LA ASIGNACIÓN DE FRANCOBORDO PARA BUQUES PESQUEROS” que, como Anexo DI-2022-97056568-APN-DPLA#PNA, forma parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2°. La citada norma actualizada entrará en vigencia, a partir de la fecha de la publicación del presente acto administrativo, en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°. Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, procédase a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en los sitios oficiales de INTERNET e INTRANET de la Prefectura Naval Argentina.

ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Ruben Farinon - Fernando Gustavo Santucci - Jorge Raúl Bono

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismos podrán ser consultado/s en el sitio web de la Prefectura Naval Argentina en https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval

e. 22/09/2022 N° 75784/22 v. 22/09/2022
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