Presidencia de la Nación

COMISION NACIONAL DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL


Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

Disposición 98/2011

Apruébase el Modelo de Acta de Comprobación a ser utilizada en los Puestos de Control del Régimen de Fiscalización de Pesos y Dimensiones del Autotransporte.

Bs. As., 16/3/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0353377/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por decretos Nros. 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y 79 de fecha 22 de enero de 1998, se reglamentó la Ley de Tránsito Nº 24.449.

Que los referidos decretos han puesto en vigencia normativa prescripta en el texto legal en lo referente, entre otros temas, a los pesos y dimensiones máximos.

Que el Artículo 53 de la Ley Nº 24.449 en sus incisos c) y d) estableció las dimensiones y los pesos máximos transmitidos a la calzada.

Que asimismo el Artículo 57 reguló el procedimiento a observar en caso de registrarse exceso de carga como así también el otorgamiento de permisos especiales.

Que la Ley Nº 21.844, regula los lineamientos generales del régimen de penalidades dirigido a los prestatarios del servicio de transporte por automotor.

Que se han dictado sucesivos regímenes de penalidades, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la ley mencionada en el considerando precedente.

Que por Decreto Nº 253 de fecha 3 de agosto de 1995, se aprobó el Régimen de Penalidades por Infracciones a las Disposiciones Legales y Reglamentarios en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional, el cual estableció, en su Sección II, las infracciones relativas a los servicios de transporte por automotor de pasajeros (Título I), a los servicios de transporte por automotor de cargas (Título II) y las infracciones comunes a ambas modalidades (Título III).

Que luego, fue sancionada la Ley Nº 24.653, reglamentada por el Decreto Nº 105 de fecha 26 de enero de 1998, el cual establece en el Capítulo III de su Anexo, el régimen sancionatorio aplicable a las personas que realicen servicios de autotransporte de cargas, derogando por el Artículo 28 del citado Anexo, el Título II de la Sección II del Decreto Nº 253/95, y por su Artículo 29 declarando inaplicable al transporte de cargas por carretera el Título III de la Sección II del mismo decreto.

Que, con posterioridad, se dictó el Decreto Nº 1035 de fecha 14 de junio de 2002, por el que se deroga el Decreto Nº 105/98 y se aprueba la nueva reglamentación de la Ley Nº 24.653.

Que, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 24.653 y sus reglamentaciones, la actividad de transporte por automotor de cargas de jurisdicción nacional cuenta con un régimen de penalidades específico.

Que el Artículo 28 del Decreto Nº 1035/2002 establece específicamente que cuando el transporte de cargas se realice con vehículos cuyo peso máximo y dimensiones se encuentren excedidos de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente, o sin el permiso que lo habilite para ello, será sancionado conforme lo establecido en la Ley Nº 24.449 y su reglamentación.

Que el Decreto Nº 779/95 en su Anexo II Artículo 40 Inciso h) establece la sanción de multa para los casos en que el vehículo y lo que transporta no se ajusten a las dimensiones, peso y potencia adecuados a la vía transitada y las restricciones establecidas por la autoridad competente, para determinados sectores del camino.

Que mediante Decreto Nº 306 de fecha 2 de marzo de 2010 se estableció a la COMISION NACIONAL DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, órgano desconcentrado en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, como autoridad de aplicación, control y fiscalización de los artículos 53, 57 y 58 de la Ley de Transito Nº 24.449.

Que como consecuencia de las competencias de control y fiscalización atribuidas a la COMISION NACIONAL DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, la misma debe ser la encargada de diagramar las actas que sean labradas en razón de las infracciones a la normativa vigente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, el Decreto Nº 79 de fecha 22 de enero de 1998 y el Decreto Nº 306 de fecha 2 de marzo de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

Artículo 1º — Apruébese el Modelo de Acta de Comprobación a ser utilizada en los Puestos de Control del REGIMEN DE FISCALIZACION DE PESOS Y DIMENSIONES del autotransporte de cargas de jurisdicción nacional, conforme al formato que se agrega como ANEXO a la presente disposición.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Jorge González.

ANEXO

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