ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE
Disposición 24/2021
DI-2021-24-E-AFIP-DIRSFE#SDGOPII
Santa Fe, Santa Fe, 30/06/2021
VISTO el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las jefaturas de las distintas unidades de estructura en Jurisdicción de Dirección Regional Santa Fe, establecido por la Disposición DI-2019-9-E-AFIP-DIRSFE#SDGOPII, de fecha 11/02/2019 y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de las presentes actuaciones, existen razones de índole funcional que hacen necesario realizar una modificación al Régimen de Reemplazos Transitorios establecido mediante la Disposición citada en el Visto para División Fiscalización N° 2 y N° 3 (DI RSFE).
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 146/00 (AFIP), Disposición 7-E/2018 (AFIP) y DI-2020-127-E-AFIP-AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR REGIONAL (INT.) DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE
ARTÍCULO 1° — Modificar el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de Unidades de Estructura - División Fiscalización N° 2 y N° 3 – Dirección Regional Santa Fe, el que quedará establecido de la siguiente forma:

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese a los interesados, con copia a las Divisiones de Fiscalización N° 2 y N° 3 (DI RSFE), a División Administrativa, remítase a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.
Diego Leandro Rubinzal
DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE
Disposición 24/2021
DI-2021-24-E-AFIP-DIRSFE#SDGOPII
Santa Fe, Santa Fe, 30/06/2021
VISTO el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las jefaturas de las distintas unidades de estructura en Jurisdicción de Dirección Regional Santa Fe, establecido por la Disposición DI-2019-9-E-AFIP-DIRSFE#SDGOPII, de fecha 11/02/2019 y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de las presentes actuaciones, existen razones de índole funcional que hacen necesario realizar una modificación al Régimen de Reemplazos Transitorios establecido mediante la Disposición citada en el Visto para División Fiscalización N° 2 y N° 3 (DI RSFE).
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 146/00 (AFIP), Disposición 7-E/2018 (AFIP) y DI-2020-127-E-AFIP-AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR REGIONAL (INT.) DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE
ARTÍCULO 1° — Modificar el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de Unidades de Estructura - División Fiscalización N° 2 y N° 3 – Dirección Regional Santa Fe, el que quedará establecido de la siguiente forma:
Diego Leandro Rubinzal
e. 05/07/2021 N° 46200/21 v. 05/07/2021
(Nota Infoleg: las modificaciones al presente régimen de reemplazos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')