DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 2638/1976
Bs. As., 27/10/1976
VISTO el expediente Nº 804.898 (FAA), atento a lo informado por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que los presentes casos están encuadrados en el régimen que determina el artículo 3° del Decreto Nº 23.326/51 reglamentario del artículo 6° de la Ley Nº 14.096 y artículo 30 de la Ley No 13.064.
Que el Tribunal de Cuentas de la Nación (Delegación Fiscalía) a foja 21 ha tomado conocimiento sin objeción de estas actuaciones,
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el procedimiento seguido por el COMANDO GENERAL DE LA FUERZA AEREA (Comando de Regiones Aéreas - Dirección de Infraestructura), en las ampliaciones de contratos y presupuestos por las demasías que a continuación se detallan, las que han sido imputadas en la siguiente forma:
Partida 2.20-48-001-0.381-5-5-52-5210-93- 01 del ejercicio presupuestario 1975.
(Expediente Nº 780.824 FAA).- Las modificaciones introducidas en la obra: “Completamiento de la calle de rodaje, sus conexiones con plataforma y pista y ejecución de plataforma, de prueba de motores con sus accesorios-Escuadrón Mariano Moreno-José C.Paz-Provincia de Buenos Aires”, adjudicada a las firmas HELPORT S.A.C.I.C.I. y F. y VIALPER S.C.p.A., según Contratación Directa Nº 5/73, aprobada por Decreto Nº 1.597 del 2 de octubre de 1973, obras encomendadas a las mismas firmas contratistas como ampliación del contrato suscripto, conforme al presupuesto de fecha diciembre de 1975, que importa una demasía de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($ 47.676.-). Partida 2.20- 48-001-0.381-5-5-52-5210-93-01 del ejercicio presupuestario 1976.
(Expediente Nº 726.046 - FAA).- Las modificaciones introducidas a la obra: “Ampliación comedor Casino de Suboficiales - Escuadrón Mariano Moreno - José C.Paz-Provincia de Buenos Aires”, adjudicada a las firmas HELPORT S.A.C.I.C.I. y F. y VIALPER S.C.p.A., según Contratación Directa Nº 57/73, aprobada por Decreto Nº 1.753 del 8 de junio de 1974, obras encomendadas a las mismas firmas contratistas como ampliación del contrato suscripto, conforme al presupuesto de fecha marzo de 1976, que importa una demasía de CUATRO MIL SETECIENTOS OCHO PESOS ($ 4.708.-).
Art. 2° — Apruébase la siguiente reducción de contrato y presupuesto por la economía que a continuación se detalla: (Expediente Nº 706.410 FAA).- Las modificaciones introducidas en la obra: “Construcción de pista, calles de carreteo y plata-forma-Aeropuerto Río Grande- Gobernación de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud”, adjudicada a la firma RED CAMINERA ARGENTINA S.A. CONSTRUCTORA FINANCIERA E INMOBILIARIA, según Contratación Directa aprobada por Decreto Nº 552/69, conforme al presupuesto de fecha diciembre de 1975, que importa una economía de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRES PESOS ($ 167.703.-).
Art. 3º — La economía aprobada por el artículo 2º, será desafectada del crédito correspondiente a la obra.
Art. 4º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
Decreto S 2638/1976
Bs. As., 27/10/1976
VISTO el expediente Nº 804.898 (FAA), atento a lo informado por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que los presentes casos están encuadrados en el régimen que determina el artículo 3° del Decreto Nº 23.326/51 reglamentario del artículo 6° de la Ley Nº 14.096 y artículo 30 de la Ley No 13.064.
Que el Tribunal de Cuentas de la Nación (Delegación Fiscalía) a foja 21 ha tomado conocimiento sin objeción de estas actuaciones,
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el procedimiento seguido por el COMANDO GENERAL DE LA FUERZA AEREA (Comando de Regiones Aéreas - Dirección de Infraestructura), en las ampliaciones de contratos y presupuestos por las demasías que a continuación se detallan, las que han sido imputadas en la siguiente forma:
Partida 2.20-48-001-0.381-5-5-52-5210-93- 01 del ejercicio presupuestario 1975.
(Expediente Nº 780.824 FAA).- Las modificaciones introducidas en la obra: “Completamiento de la calle de rodaje, sus conexiones con plataforma y pista y ejecución de plataforma, de prueba de motores con sus accesorios-Escuadrón Mariano Moreno-José C.Paz-Provincia de Buenos Aires”, adjudicada a las firmas HELPORT S.A.C.I.C.I. y F. y VIALPER S.C.p.A., según Contratación Directa Nº 5/73, aprobada por Decreto Nº 1.597 del 2 de octubre de 1973, obras encomendadas a las mismas firmas contratistas como ampliación del contrato suscripto, conforme al presupuesto de fecha diciembre de 1975, que importa una demasía de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($ 47.676.-). Partida 2.20- 48-001-0.381-5-5-52-5210-93-01 del ejercicio presupuestario 1976.
(Expediente Nº 726.046 - FAA).- Las modificaciones introducidas a la obra: “Ampliación comedor Casino de Suboficiales - Escuadrón Mariano Moreno - José C.Paz-Provincia de Buenos Aires”, adjudicada a las firmas HELPORT S.A.C.I.C.I. y F. y VIALPER S.C.p.A., según Contratación Directa Nº 57/73, aprobada por Decreto Nº 1.753 del 8 de junio de 1974, obras encomendadas a las mismas firmas contratistas como ampliación del contrato suscripto, conforme al presupuesto de fecha marzo de 1976, que importa una demasía de CUATRO MIL SETECIENTOS OCHO PESOS ($ 4.708.-).
Art. 2° — Apruébase la siguiente reducción de contrato y presupuesto por la economía que a continuación se detalla: (Expediente Nº 706.410 FAA).- Las modificaciones introducidas en la obra: “Construcción de pista, calles de carreteo y plata-forma-Aeropuerto Río Grande- Gobernación de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud”, adjudicada a la firma RED CAMINERA ARGENTINA S.A. CONSTRUCTORA FINANCIERA E INMOBILIARIA, según Contratación Directa aprobada por Decreto Nº 552/69, conforme al presupuesto de fecha diciembre de 1975, que importa una economía de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRES PESOS ($ 167.703.-).
Art. 3º — La economía aprobada por el artículo 2º, será desafectada del crédito correspondiente a la obra.
Art. 4º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.