Presidencia de la Nación

Decreto 2294 / 2010

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 1994 / 2009

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 16-Dic-2009 Descripción
DESIGNACIONES - PRORROGA

DANSE POR PRORROGADAS, A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL TERMINO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 1602 DE FECHA 2 DE OCTUBRE DE 2008, LAS DESIGNACIONES TRANSITORIAS DE: JOAQUIN DIEGO ALPEROVICH (MI 21.115.077); ANALIA IRIS SANCHEZ ZOLEZZI (MI 20.471.247) Y FERNANDO BENITO STABILE (MI 22.355.825), AUTORIZANDOSE EL CORRESPONDIENTE PAGO DEL SUPLEMENTO POR FUNCION EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), APROBADO POR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL HOMOLOGADO POR EL DECRETO Nº 2098 DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2008.

Normativa / Número Decreto 2123 / 2009

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 29-Dic-2009 Descripción
DESIGNACIONES - PRORROGA

DANSE POR PRORROGADAS, A PARTIR DE LA FECHA QUE EN CADA CASO SE INDICA, LAS DESIGNACIONES TRANSITORIAS EFECTUADAS OPORTUNAMENTE EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, DE: GRACIELA ADRIANA LUCIANI (MI 18.117.872); ALEJANDRO RODOLFO COLLAZO (MI 16.208.687) Y JORGE RUBEN BRUNO (MI 11.573.962).

Normativa / Número Decreto 268 / 2010

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 23-Feb-2010 Descripción
DESIGNACIONES - APROBACION

DANSE POR DESIGNADOS TRANSITORIAMENTE, A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2009, A: VALENTINO, GUILLERMO (MI 24.431.963) Y MARTINEZ, ARMANDO GABRIEL (MI 20.234.807), EN LOS CARGOS DE LA OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO DE LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, AUTORIZANDOSE EL CORRESPONDIENTE PAGO DEL SUPLEMENTO POR FUNCION EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), APROBADO POR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, HOMOLOGADO POR EL DECRETO Nº 2098 DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2008, CON CARACTER DE EXCEPCION A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 26.422 Y EL ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 26.546.

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