Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Decisión Administrativa 1313/2020

DECAD-2020-1313-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 22/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-30026391-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 309 del 13 de marzo de 2018 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, que incluye el correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMÍA, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus Objetivos.

Que por la Decisión Administrativa N° 309/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE FINANZAS.

Que, en función de las competencias asignadas a las distintas Jurisdicciones por el Decreto Nº 7/19, los Objetivos aprobados para las Secretarías y Subsecretarías en el Decreto Nº 50/19, resulta necesario aprobar la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA e incorporar, homologar y reasignar diversos cargos pertenecientes a la citada Secretaría en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como ANEXOS I (IF-2020-31290924-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2020-31292971-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como ANEXOS IIIa, IIIb, IIIc (IF-2020-31293255-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2020-31293545-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-31294801-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente decisión administrativa, las que transitoriamente mantendrán las acciones y las dotaciones con sus respectivos niveles, grados de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al/a la Titular del MINISTERIO DE ECONOMÍA a modificar la estructura aprobada por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 50 – MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/07/2020 N° 28583/20 v. 23/07/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)
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