Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1306/2021

DECAD-2021-1306-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-125484586-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, el Decreto N° 809 del 25 de noviembre de 2021 y la Decisión Administrativa N° 4 del 15 de enero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 885 del 23 de diciembre de 2021 se dispuso el otorgamiento de una suma fija no remunerativa no bonificable extraordinaria de percepción única por persona de PESOS VEINTE MIL ($20.000) a abonarse con los salarios del mes de diciembre de 2021, para el personal en actividad dependiente de las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL, comprendidos en el inciso a) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que, asimismo, a través de la Resolución Conjunta N° 5 del 22 de diciembre de 2021 de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN y de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN se estableció el otorgamiento de una asignación no remunerativa, por única vez, que asciende a PESOS VEINTIDÓS MIL ($22.000) al personal del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que, en función de lo expuesto, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de algunas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional que no se encuentran en condiciones de absorber con sus créditos vigentes las erogaciones que demanda la implementación de las normas citadas en los considerandos precedentes.

Que se propicia llevar a cabo una readecuación de los créditos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para financiar el “Proyecto Red Federal de Fibra Óptica AMBA”, asegurar y ampliar su capacidad, incrementar la capilaridad de la red en el Área Metropolitana de Buenos Aires y afrontar diversos procesos contractuales realizados en el marco del Préstamo BIRF N° 9224-AR – “Proyecto de Inclusión Digital e Innovación de los Servicios Públicos en Argentina”.

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con el fin de incorporar mayores Fuentes y Aplicaciones Financieras del Organismo para reflejar operaciones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) creado por el Decreto Nº 897 del 12 de julio de 2007 y sus modificaciones.

Que es menester modificar el presupuesto vigente de la COLONIA NACIONAL “DOCTOR MANUEL A. MONTES DE OCA”, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, aumentando las asignaciones corrientes en detrimento de las de capital, para atender diversas erogaciones.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 34 y 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, 9° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y 1º del Decreto N° 809 del 25 de noviembre de 2021.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2021-126531397-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Modifícanse las cuotas de compromiso presupuestario para el cuarto trimestre del año 2021 y las cuotas de devengado presupuestario para el mes de diciembre de 2021, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2021-126531753-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/12/2021 N° 102540/21 v. 31/12/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)
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