Presidencia de la Nación

Acta 2357 / 2002

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO


PROCEDIMIENTO LABORAL

TASAS DE INTERES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 07-Jun-2002
Resumen:

ACORDAR QUE, SIN PERJUICIO DE LA TASA APLICABLE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001, A PARTIR DEL 1RO. DE ENERO DE 2002 SE APLICARA LA TASA DE INTERES QUE RESULTE DEL PROMEDIO MENSUAL DE LA TASA ACTIVA FIJADA POR EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA PARA EL OTORGAMIENTO DE PRESTAMOS, SEGUN EL CALCULO QUE SERA DIFUNDIDO POR LA PROSECRETARIA GENERAL DE LA CAMARA. PARA LAS FRACCIONES DEL PERIODO MENSUAL QUE SE HALLE EN CURSO, SE APLICARA EL PROMEDIO DEL MES ANTERIOR.

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