Presidencia de la Nación

AUNAR Familias


Prestación económica para las familias ampliadas o referentes afectivos que asuman el cuidado transitorio de niñas, niños y adolescentes separados de su núcleo primario por vulneración de sus derechos, a través de una medida de protección excepcional.

Objetivo:

  • Afianzar la modalidad de cuidado familiar en los casos de separación de niñas, niños y adolescentes de sus progenitores, en el marco de una medida excepcional, respetando su derecho al pleno desarrollo personal en su medio familiar, social y cultural.
  • Poner a disposición de las familias ampliadas, afectivas y/o comunitarias los recursos técnicos y económicos para que puedan garantizar el cuidado de niñas, niños y adolescentes que se encuentren alcanzados por una medida excepcional.
  • Fortalecer el rol de los organismos provinciales y municipales de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Población destinataria: Serán destinatarios de la asignación económica quienes cumplan con las siguientes situaciones previstas en la Ley 26.061 y su decreto reglamentario:

  • Ser miembros de la familia del niño, niña o adolescente con medidas de protección en los términos del artículo 7 de la Ley N° 26.061 y su Decreto reglamentario N° 415/2006;
  • Haber asumido el cuidado provisional de una niña, niño y/o adolescente y/o sus hermanos/as durante el transcurso de una medida excepcional, en los términos de los artículos 39 y subsiguientes de la. Ley N°26.06;
  • Tener una situación económica y social que justifique el otorgamiento del subsidio.

Requisitos: Inicio por petición de autoridad de niñez, adolescencia y familia de cada jurisdicción; remisión de informes suscripto por profesional interviniente; medida administrativa o judicial de separación del niño, niña o adolescente de su familia de origen (medida excepcional); legajo en el Registro Único Nominal y documentación complementaria.

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