Presidencia de la Nación

Inclusión socio productiva y desarrollo local "Potenciar Trabajo"


Prestación económica individual, de percepción periódica y duración determinada, denominada Salario Social Complementario, destinada a mejorar los ingresos de las personas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica. Subsidios y/o créditos Ministeriales a las Unidades de gestión y a las Unidades de gestión Asociadas.

Objetivo: Contribuir al mejoramiento de la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas a través de la terminalidad educativa, la formación laboral, la certificación de competencias así como también la creación, promoción y fortalecimiento de unidades productivas gestionadas por personas físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica con la finalidad de promover su inclusión social plena y mejoramiento progresivo de ingresos con vistas a alcanzar la autonomía económica.

Población destinataria: Personas físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica considerando las definiciones, criterios, condiciones y co-responsabilidades establecidas en anexo de la resolución. Los convenios de implementación para el otorgamiento de subsidios y/o créditos no bancarios a unidades de gestión y/ unidades de gestión asociadas consistentes en una transferencia de fondos para la ejecución de acciones que garanticen y promuevan la implementación, desarrollo y fortalecimiento de los proyectos productivos, sociocomunitarios y/o sociolaborales que se ejecuten en el marco del programa. Las Unidades de Gestión y/o las Unidades de Gestión Asociadas estarán conformadas por gobiernos provinciales y/o municipales, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, universidades y todo tipo de organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro formalmente constituida, cualquiera sea su denominación social.

Requisitos:

  • Encontrarse en riesgo o estado de vulnerabilidad social y/o desempeñarse en alguna actividad de la Economía Popular.
  • Ser mayor de dieciocho (18) años y menor de sesenta y cinco (65) años de edad.
  • Ser argentina o argentino (nativo, naturalizado o por opción) o extranjero con residencia permanente.
  • Residir legalmente en la República Argentina.

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