Presidencia de la Nación


Para ser AR se deberán cumplir los pasos que se encuentran detallados a continuación:

¿Qué es la Autoridad de Registro?

Las Autoridades de Registro son entidades públicas o privadas que se encuentran habilitados por el Ente Licenciante/Autoridad Certificante para emitir certificados digitales, en el marco de la normativa vigente. Serán las encargadas de facilitar el proceso de registración de los solicitantes y suscriptores de certificados de Firma Digital Remota. Es así que, mediante las funciones delegadas por la Autoridad Certificante (AC-Modernización-PFDR), las ARs son las responsables de efectuar las funciones de validación de la identidad y otros datos de los suscriptores de certificados, de aprobación o rechazo de las solicitudes, así como también de las solicitudes de revocación de los certificados digitales.

¿Quiénes pueden ser AR?
  • Entidades o jurisdicciones pertenecientes al Sector Público Nacional, Provincial, Municipal, en cualquiera de sus tres poderes, organismos binacionales, organismos tripartitos, el Banco Central de la República Argentina, y otras organizaciones públicas.

  • Personas jurídicas del Sector Privado y Entes Públicos no Estatales.

  • Personas jurídicas del Sector Privado que cuenten con políticas y áreas de compliance (cumplimiento) para los casos de aplicaciones de firma digital de recibos de sueldo.

En todos los casos, la Secretaría de Modernización Administrativa se reserva el derecho de autorizar la incorporación de las nuevas Autoridades de Registro.

Consideraciones para la Autoridad de Registro

Las Autoridades de Registro de la AC-Modernización-PFDR deberán asistirse mutuamente para expedirse sobre solicitudes de certificados digitales.

Las entidades públicas y privadas que tengan interés en constituirse como Autoridades de Registro de la AC-Modernización-PFDR, deberán solicitarlo por intermedio de su máxima autoridad, a la AC-Modernización-PFDR, a través de los procedimientos electrónicos que determine la Secretaría de Modernización Administrativa, en el sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE o en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), según el caso, informando la modalidad (fija o móvil).

La AC-Modernización-PFDR se reserva el derecho de dar de baja aquellas Autoridades de Registro que en un plazo de SEIS (6) meses no aprueben ninguna solicitud de emisión de certificado digital.

Autoridades de Registro

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