Presidencia de la Nación

Los chicos viajan en micro

Si tus hijos menores de edad viajan en micro por el país, sabé qué documentación presentar, si pueden viajar solos y qué es el servicio de menor no acompañado.

¿Qué controla la empresa de micros cuando viaja un menor de edad?

La empresa de micros controla la identidad, la edad del menor de edad y las autorizaciones que necesita para viajar.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte.

Los menores de 6 años ¿pueden viajar solos en micro dentro del país?

No. Los menores de 6 años puede viajar solamente:

  • acompañados por uno o ambos progenitores;

  • con otra persona autorizada por uno o ambos progenitores.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 7.

Los chicos de entre 6 y 12 años ¿de qué manera pueden viajar en micro dentro del país?

Puede viajar en micro:

  • acompañados por uno o ambos progenitores;

  • con otra persona autorizada por uno o ambos progenitores;

  • con el servicio de menor no acompañado que da la empresa de micros.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 7.

Los adolescente de entre 13 y 17 años ¿de qué manera puede viajar en micro dentro del país?

Puede viajar en micro:

  • acompañados por uno o ambos progenitores;

  • con otra persona autorizada por uno o ambos progenitores;

  • con el servicio de menor no acompañado que da la empresa de micros.

  • solos siempre que tengan autorización de al menos uno de sus progenitores.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 3.

Si viajo en micro con mi hijo menor de edad ¿qué documentación van a pedirme?

Tenés que llevar con vos algún documento que demuestre el parentesco entre ustedes, por ejemplo:

  • libreta de matrimonio que tenga anotado el nacimiento del menor;

  • partida de nacimiento;

  • acta de nacimiento;

  • otros documentos que demuestren el parentesco que hay entre ustedes.

Recordá llevar siempre tu DNI y el DNI de tu hijo para que te dejen subir al micro.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, arts. 3 y 4.

¿Cómo hago la autorización para que mi hijo menor de edad pueda viajar en micro dentro del país?

La autorización la podés tramitar de 2 maneras:

  • en la boletería de la empresa de micros, donde te van a dar un formulario para que completes. Podés descargar el formulario aquí.

  • ante escribano público, juez, autoridad del Registro Civil o justicia de paz u otras autoridades.

Es conveniente que antes de sacar el pasaje consultes con la empresa de micros qué tipo de autorización te van a pedir para que no tengas problemas al momento de viajar.
Para más información consulta la página de la CNRT.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, arts. 3 y 4.

¿Por qué se pide autorización para que los menores de edad puedan viajar en micro dentro del país?

Son controles que hace el Estado para evitar la trata de personas o la sustracción de menores. Por eso hay que presentar la documentación que corresponda para evitar que se violen los derechos de los niños y adolescentes.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 2.

Ley 26.364. Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas

Ley 25.179. Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores.

¿Qué es el servicio de menor no acompañado que dan las empresas de micros?

Las empresas de micros ofrecen el servicio de una persona a bordo que se hace cargo del menor desde que sube al micro hasta su entrega a la persona que va a recibirlo en el lugar de destino.
Los progenitores deben autorizar a un adulto que:

  • acompañe al menor de edad hasta que sube al micro;

  • reciba al menor de edad en el lugar de destino.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 7.

¿Todos los menores pueden usar el servicio de menor no acompañado que dan las empresas de micros?

No. Solo pueden usarlo los niños mayores de 6 años que puedan:

  • alimentarse;

  • cubrir sus necesidades básicas de higiene;

  • movilizarse en caso de evacuación;

  • responder a las instrucciones de seguridad.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 7.

¿Qué pasa cuando se usa el servicio de menor no acompañado y la persona que tenía que recibirlo no fue a buscarlo a la estación de micros?

En ese caso la empresa de micros debe pedir el auxilio de la fuerza pública para asegurar la custodia del menor de edad.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 7.

¿Hay que pagar por el servicio de menor no acompañado que ofrecen las empresas de micros?

Sí, tiene una tarifa que se paga aparte del boleto. Su costo debe ser publicado con las tarifas de los boletos.

Resolución 43/2016 Secretaría de Gestión de Transporte, art. 7.


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información

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