Presidencia de la Nación

Cuido mi embarazo

Si estás embarazada conocé los controles que tenés que hacerte, cuáles son las obligaciones de tu obra social o prepaga y si podés elegir el tipo de parto que querés tener.

¿Hay algún examen médico obligatorio durante el embarazo?

Si, entre las semanas 35 y 37 de embarazo tenés que hacerte un examen para detectar el estreptococo Grupo B.
El estreptococo Grupo B puede causarte una infección a vos y al bebé, e incluso causarle la muerte cuando no se diagnostica y se hace un tratamiento.

Ley 26.369, Art. 1 y 3.

¿Tengo que pagar para hacerme el examen de estreptococo Grupo B si estoy embarazada?

No. Podés hacerlo en un hospital o pedir la cobertura de tu obra social o prepaga.

Ley 26.369, Art. 3.

¿Puedo hacerme el examen de VIH si estoy embarazada?

Si. Tenés derecho a hacerte un test de VIH en forma gratuita si estás embarazada. Los hospitales públicos, las obras sociales y las prepagas tienen que cubrirlo.

Ley 25.543, Art. 2.

¿Tengo la obligación de hacerme el test de VIH si estoy embarazada?

No. Vos decidís si querés hacértelo o no. Los hospitales, sanatorios o clínicas tienen la obligación de ofrecerte el test para saber si tenés VIH. Tu decisión quedará por escrito con tu firma y la del médico.

Ley 25.543, Art. 3.

Soy factor Rh negativo ¿necesito algún cuidado especial durante el embarazo?

Si, tenés que hacerte un análisis para saber si es necesario que te den inmunoglobulina anti-D, para prevenir cualquier complicación durante el parto.

Ley 23.674. Profilaxis de la mujer embarazada, Art. 1.

¿Tengo que pagar por la inmunoglobulina anti-D?

No. El hospital, tu obra social o prepaga tienen que dártela en forma gratuita.

Ley 23.674. Profilaxis de la mujer embarazada, Art. 2.

¿Qué información deben darme durante el embarazo, parto y posparto?

Tenés derecho a saber:

  • cómo avanza tu embarazo;

  • el estado de salud del bebé que está por nacer;

  • todo lo relativo a tu trabajo de parto y posparto.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 2 inc. a) y c).

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. a) y e).

¿Puedo estar acompañada durante el trabajo de parto, en el parto y el posparto?

Sí, podés elegir a una persona de tu confianza para que te acompañe. Por ejemplo, tu pareja, tu mamá, un amigo. No importa si es pariente o no.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 2 inc. g).

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. a) y g).

¿Puedo estar sin acompañante durante el trabajo de parto, el parto y el posparto?

Sí, podés estar sin acompañante.

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. g).

¿Pueden cobrarme por tener un acompañante en mi habitación antes, durante y después del parto?

No pueden cobrarte por tener un acompañante, pero si le ofrecen algún servicio, por ejemplo, cama, sábanas o desayuno, pueden cobrarte.

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. g).

¿Puedo elegir qué tipo de parto tener?

Sí, tenés derecho a elegir con libertad el tipo de parto que querés tener. El equipo médico tiene que respetar tu decisión, siempre que no perjudique tu salud o la de tu bebé.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 2 inc. a), c) y d).

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2.

¿Puedo tener a mi bebé mediante parto natural?

Sí, podés tener un parto sin prácticas invasivas y sin medicamentos siempre que no afecte tu salud y ni la de tu bebé.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 2 inc. d.

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. a) y d).

¿Puedo pedir un parto sin anestesia?

Si, podés decidir si querés o no anestesia antes y durante el parto. Los médicos deben respetar tu decisión, salvo que exista riesgo para vos o el bebé.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 2 inc. b) y d).

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. a).

¿Puedo tener contacto con mi bebe en la sala de parto?

Sí. Vos y tu acompañante pueden tener contacto con el bebe desde el momento mismo del nacimiento para favorecer el vínculo.

Decreto Nacional 2035/2015, Anexo 1, Art. 2 inc. h). y art. 3 inc. a).

¿Puedo tener a mi bebe en la habitación después del parto?

Sí, podés tener al bebe en tu habitación, salvo que necesite algún cuidado especial.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 2 inc. h.

Si mi bebe tiene que ir a neonatología ¿puedo verlo?

Sí. Neonatología tiene que permitirte el contacto físico con tu bebe, siempre que la situación clínica lo permita. También pueden estar otros familiares.

Ley 25.929. Parto humanizado, Art. 4 inc. b).


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