Exhortos penales con Estados Unidos de América y la República Oriental del Uruguay
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Nacional de Asuntos Internacionales, es competente para tramitar exhortos entrantes o salientes requeridos por autoridades judiciales en el marco de los procedimientos previstos en los tratados sobre cooperación internacional en materia penal;
siendo Autoridad Central o de Aplicación de los mismos:
a) Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales suscripto con el Gobierno de los Estados Unidos de América, aprobado por la Ley N° 24.034, y
b) Convenio Sobre Igualdad de Trato Procesal y Exhortos suscripto con el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, aprobado por la Ley N° 22.410.
Cabe aclarar que además del Convenio Sobre Igualdad de Trato Procesal y Exhortos suscripto con el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, existe el Protocolo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales del MERCOSUR, aprobado por la Ley N° 25.095, por el cual se instrumentó otro canal para el diligenciamiento de los exhortos internacionales en materia penal con Uruguay; en el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, es la Autoridad de Aplicación. Según lo establecido en el artículo 30 del Protocolo mencionado, ambas normativas se encuentran vigentes; lo que posibilita que autoridades judiciales argentinas pueden tramitar sus requerimientos en el marco de cualquiera de las dos normas; encuadrando el exhorto, y remitiéndolo a la Cartera Ministerial que corresponda según el instrumento legal elegido. El procedimiento aplicable para el diligenciamiento de las rogatorias a través del Convenio Sobre Igualdad de Trato Procesal y Exhortos suscripto con el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, aprobado por Ley N° 22.410, es análogo al de las rogatorias dirigidas a los Estados Unidos de América; donde la comunicación entre la Dirección Nacional de Asuntos Internacionales y la autoridad central uruguaya es directa, sin intervención alguna del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
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