Presidencia de la Nación

Apertura Registro de Conciliadores Laborales


INFORME FINAL

COMISION DE SELECCIÓN:

La Comisión conformada con el doctor Daniel Eduardo STORTINI por la excelentísima CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO; los doctores Fabián NESIS y Ernesto Federico BREMBERG como representantes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; los doctores Hugo OYARZO y Patricio FERRAZZANO como representantes del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; como exponentes del ámbito laboral por el COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL el doctor Omar Nills YASIN; por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL el doctor Mario Silvio FERA en tanto por la ASOCIACIÓN DE ABOGADAS Y ABOGADOS DE BUENOS AIRES lo hizo la doctora Alba CUELLAR MURILLO, luego de las reuniones realizadas entre el mes de julio y noviembre del corriente año , y tras el proceso de inscripción, el dictado de la formación, la realización de las instancias de evaluación escrita, oral y de antecedentes, ha elevado la propuesta conforme el acta, del 16 de noviembre de 2023, en un Anexo con las CIENTO TREINTA (130) personas aspirantes, a quienes consideró capacitadas para desempeñarse como conciliadora/es laborales y a las que se propuso para cubrir las vacantes existentes, como las que se produzcan en el futuro, en el REGISTRO NACIONAL DE CONCILIADORES LABORALES de la Ley N° 24.635.

CONVOCATORIA- PREINSCRIPCION-INSCRIPCION:

La convocatoria se realizó por medio de la Disposición DI-2023-56-APN-DNMYMPRC#MJ del 7 de julio, publicada en el BO el 10 de julio de 2023, día en el que comenzó la preinscripción pasando a citar para la inscripción a quien es contaban con antecedentes. Se difundió a través de la web del MJYDH e institucionalmente por el CPACF y la AABA, así como diversas publicaciones web que la tomaron. Se habilitó la preinscripción a través de la web del MJYDH mediante el ingreso a “Google Form”. Aquellas personas preinscriptas fueron citadas por correo electrónico para concurrir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (DNMYMPRC) con la documentación acreditante en soporte papel. No se admitieron en la aspirantes/as que no contaran con los antecedentes previstos en el Decreto N° 1169/96 y la citada Disposición. La inscripción finalizó el 4 de agosto de 2023. Se preinscribieron 980 personas, de las cuales fueron admitidas 623..

DICTADO DEL CURSO DE FORMACION:

Las personas inscriptas pudieron elegir los turnos para cursar la FORMACIÓN BÁSICA EN CONCILIACIÓN LABORAL un día a la semana por la mañana o la tarde (5 horas) durante 6 semanas. El curso fue dictado, por reconocidos docentes del Derecho Laboral que colaboraron desinteresadamente, del SERVICIO DE CONCILIACIÓN LABORAL OBLIGATORIA (SECLO) y de la DNMYMPRC, conforme el programa aprobado por la Disposición N° DI-2023-63-APN-DNMYMPRC#MJ. Se inició el 14 de agosto y finalizó el 26 de setiembre. Se conformaron 10 comisiones de aproximadamente 55 personas. La modalidad fue “A Distancia” por la plataforma https://capacitacion.jus.gov.ar/mmprc/ de la DNMYMPRC y con algunas horas presenciales. De las 559 personas inscriptas completaron las exigencias de regularidad, asistencia y realización de actividades de autoevaluación 541 personas.

EXAMEN ESCRITO:

El 4 de octubre de 2023 se realizó el examen escrito con el concurso del equipo docente de la DNMYMPRC, previsto en el artículo 12 de la Resolución N° RESOL-2023-594-APN-MJ, habiendo sido debidamente notificadas por correo electrónico, plataforma educativa de la DNMYMPRC y página web del MJYDH, todas las personas aspirantes, quienes, según se les asignara, debieron concurrir al CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS, en la calle Ayacucho N° 652, CABA (Comisión N° 1 a la N° 14) y las Comisiones 15 y 16 a la sede de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, en la Av. Córdoba N° 1154, CABA. Se hicieron presentes como veedores miembros de la Comisión. Se facilitó a cada persona aspirante un instructivo sobre las reglas de realización y puntuación con un cuadernillo de HOJAS de EXAMEN en formato de elección múltiple. De las 541 personas que se encontraban habilitadas para rendir el examen, se presentaron 492. De la corrección del examen escrito, en las que se resguardó el anonimato con códigos alfanuméricos, surge que se corrigieron 492 exámenes; se hallaron ausentes 50 personas aspirantes; resultaron anulados 3 exámenes; desaprobados 294 exámenes; aprobados 195 exámenes. El día 6 de octubre se notificó a cada persona aspirante su nota en particular. Los días 10 y 11 de octubre se recibieron los pedidos de 123 revisiones. Siendo entonces que resultaran finalmente desaprobadas 287 y aprobadas 205 personas aspirantes. Para aprobar el examen escrito, como también el oral resultaba necesario sumar al menos 20 puntos (Disposición N° DI-2023-63-APNDNMYMPRC#MJ).

EXAMEN ORAL:

Para la realización del examen oral se conformaron 36 mesas de examen, con tres miembros: un docente de la DNMYMPRC, un docente universitario de Derecho del Trabajo que colaborase ad honorem, y/o un integrante del SECLO y/o un integrante del RENACLO. Las personas aspirantes, que habían aprobado la etapa escrita, fueron convocadas desde el día 17 de octubre y los exámenes comenzaron el 18, extendiéndose hasta el 30, con una fecha complementaria el 3 de noviembre. Los exámenes orales se realizaron íntegramente en la sede de la DNMYMPRC, en turno mañana de 9 a 14 horas y tarde de 14 a 18 horas. Concurrieron como veedores miembros de la Comisión. Todas las personas aspirantes han sido debidamente notificadas por correo electrónico, plataforma educativa de la DNMYMPRC y página web del MJYDH sobre los días y horas en que debían concurrir, también fueron impuestas de un instructivo con la posibilidad de solicitar un cambio de fecha se les resultaba imposible hacerse presentes. De las 205 personas en condición de rendir el examen oral se presentaron (según los días) 205 personas resultando desaprobadas, con menos de 20 puntos, 22, y 183 fueron aprobadas en tanto igualaron o superaron dicho puntaje, quedando habilitadas para ser evaluadas en antecedentes.

EVALUACION DE ANTECEDENTES:

La evaluación de antecedentes, se realizó sobre los legajos de las 183 personas aspirantes que superaron el examen oral, previa asignación de puntos por los antecedentes ya tabulados sobre lo recomendado por la Comisión y aprobado por la Disposición N° DI-2023-63-APNDNMYMPRC#MJ. La Comisión se constituyó el día 16 de noviembre de 2023 y pasó a examinar los 183 legajos y correspondencia con los puntajes asignados, que contienen las acreditaciones de antecedentes en materia de Derecho Laboral, presentados por las personas aspirantes. Del resultado de la sumatoria de los puntos obtenidos en las tres evaluaciones (escrita, oral y de antecedentes) se emitió un listado de trabajo, sobre el cual se definieron aquellas situaciones de empates de puntaje otorgando prevalencia a aquellas personas aspirantes que hubiesen acreditado: a) mayores antecedentes académicos; b) más publicaciones o de mayor relevancia; c) más cursos en métodos participativos en resolución de conflictos y d) más tiempo de experiencia profesional (en ejercicio libre de la profesión, Justicia o Administración Pública). De cuyo resultado se obtuvo el listado de 130 aspirantes que se considera que poseen idoneidad y suficientes antecedentes en Derecho Laboral.

COBERTURA DE VACANTES EN EL RENACLO:

El sistema de cobertura de las vacantes implica atender a las actuales y contar con una reserva de profesionales idóneo/as que tendrá vigencia mientras no queden aspirantes/as preseleccionados/as disponibles, momento en el cual se habrán agotado los efectos de la convocatoria realizada a través de la Resolución N° RESOL-2023-594-APN-MJ y la Disposición N° DI-2023-56-APNDNMYMPRC#MJ y, a partir del cual, deberán efectuarse nuevas convocatorias para cubrir las vacantes que se hayan producido.

Felicitaciones!!!!

Felicitamos a las y los nuevos conciliadores laborales que se incorporan al REGISTRO NACIONAL DE CONCILIADORES LABORALES luego de transcurridos 27 años desde el primer concurso, en el año 1997. Agradecemos a los miembros de la Comisión, a los docentes externos que colaboraron, a los docentes pertenecientes al SECLO y al Equipo Docente de la DNMYMPRC, tanto para el dictado del curso como para la corrección del escrito y la conformación de las mesas orales, así como al personal de la DNMYMPRC y a todos los abogados y abogadas que han participado.


Descargas

Designación de los Conciliadores Laborales en los términos y condiciones previstos en la Ley N°24.635 RESOL-2023-1450-APN-MJ (165.0 Kb)

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Listado de titulares (93.9 Kb)

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Listado de suplentes (105.1 Kb)

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Acta final de la comisión (1.0 Mb)

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Listado con puntajes (186.5 Kb)

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