Sistema Online de Documentación Abierta de IGJ (S.O.D.A.)
Mediante la Resolución General IGJ Nº 7/2026, la Inspección General de Justicia creó el Sistema Online de Documentación Abierta (S.O.D.A.), una plataforma para la recepción, tramitación y gestión digital de los trámites que se realizan ante el organismo.
El nuevo sistema constituye el marco común para la digitalización progresiva de los distintos procedimientos de la IGJ. A medida que cada trámite sea incorporado, podrá realizarse íntegramente por medios electrónicos, sin necesidad de concurrir al organismo ni presentar documentación en soporte papel. Los trámites que aún no hayan sido incorporados continuarán rigiéndose por el procedimiento aplicable con anterioridad a la entrada en vigencia del S.O.D.A.
La implementación del Sistema Online de Documentación Abierta forma parte del proceso de modernización y simplificación administrativa que impulsa el organismo, incorporando herramientas digitales que reducen tiempos, traslados y cargas administrativas para las entidades y los profesionales intervinientes.
Desde el 1 de julio, se incorporan al S.O.D.A.: Presentaciones anuales de Estados Contables de sociedades comerciales sujetas a fiscalización estatal permanente; de sociedades anónimas no comprendidas en el artículo 299 LGS; de sucursales de sociedades extranjeras; de asociaciones civiles Categorías 1, 2, 3, y de Fundaciones.
Acceder al Sistema Online de Documentación Abierta
Principales novedades
Plataforma única de tramitación. El sistema será el canal de recepción y gestión digital de los trámites que se incorporen progresivamente.
Presentación completamente digital. Los trámites habilitados podrán realizarse íntegramente por medios electrónicos, sin concurrencia al organismo ni documentación en papel.
Mismos efectos jurídicos. Las presentaciones efectuadas a través del sistema tendrán los mismos efectos jurídicos que las realizadas en soporte papel.
Acceso con Clave Fiscal. El ingreso se realizará mediante Clave Fiscal de ARCA nivel 3 o superior, cuya autenticación operará como firma electrónica de la documentación presentada.
Acuse de recibo inmediato. Cada presentación generará automáticamente un comprobante electrónico con los datos de identificación del trámite.
Expediente electrónico. Toda presentación dará origen a un expediente electrónico que constituirá el repositorio oficial de la documentación.
Notificaciones electrónicas. Las comunicaciones del organismo se cursarán al domicilio electrónico constituido en el sistema.
Implementación progresiva. La incorporación de los distintos trámites se realizará conforme al cronograma que publique la IGJ. Mientras un trámite no sea incorporado, continuará utilizando el procedimiento vigente hasta la implementación del S.O.D.A.
Moratoria de presentación de estados contables
Vigencia de la moratoria
Hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Qué permite regularizar?
La presentación de estados contables adeudados mediante el pago de un único formulario, con independencia de la cantidad de ejercicios involucrados.
¿Qué documentación alcanza?
Comprende también los estados contables con cierre al 30 de junio de 2026.
Modalidad de presentación
A partir del 1 de julio de 2026, la presentación deberá realizarse a través del nuevo sistema digital.
Importante:
- Cada ejercicio correspondiente a una misma sociedad deberá presentarse mediante un trámite independiente. Una vez realizada la primera presentación, antes de continuar con la siguiente, seleccioná la opción "Adherir a Moratoria". De esta manera, solo se abonará el primer trámite. El sistema identificará las presentaciones posteriores como nuevos trámites pero omitirá automáticamente la pantalla de pago.
Suspensión de procedimientos sumariales
Hasta el 31 de diciembre de 2026 se encuentran suspendidos el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales por incumplimiento en la presentación de estados contables, salvo en aquellos casos en los que deban iniciarse, tramitarse o instruirse por orden judicial.
La suspensión alcanza exclusivamente incumplimientos formales por falta de presentación en término.