Presidencia de la Nación

Digitalización registral

Accedé al Cronograma actualizado de implementación de la RG IGJ 5/2026. La nueva modalidad incorpora la plancha de inscripción en soporte digital y el envío electrónico de la documentación inscripta. Además elimina la obligatoriedad de presentar copias simples o de margen ancho del instrumento original.


La Inspección General de Justicia avanza en la digitalización de su registro público mediante la implementación de la RG IGJ N° 5/2026.

A partir del 8 de junio de 2026, determinados trámites comenzarán a gestionarse bajo una nueva modalidad digital. En estos casos, la documentación inscripta dejará de entregarse en soporte papel y será remitida electrónicamente al interesado a través de la plataforma digital habilitada.

La implementación será gradual y comenzará con el trámite de constitución de sociedades comerciales. Desde esta sección se podrá consultar el cronograma actualizado de incorporación de trámites y toda la información vinculada a la nueva modalidad.

Los trámites no incorporados al cronograma continuarán bajo el régimen vigente establecido por la RG IGJ N° 15/24.

¿Qué cambia?

Menos presentación de papel
Ya no será obligatorio presentar copias simples o de margen ancho del instrumento original, conforme lo dispuesto anteriormente por la RG IGJ N° 15/24.

Entrega digital de la documentación inscripta
Una vez realizada la inscripción, el Organismo generará una plancha digital con firma digital del funcionario competente y con la documentación inscripta incorporada.

Remisión electrónica
La documentación será enviada electrónicamente al autorizado a través de la plataforma TAD, utilizando la CUIT asociada al trámite. De esta manera, ya no será necesario concurrir presencialmente para retirar la documentación inscripta.

Implementación gradual
La nueva modalidad se incorporará progresivamente según el cronograma de implementación publicado en esta sección, el cual será actualizado periódicamente.

Protocolo digital
La documentación digital será protocolizada electrónicamente conforme el artículo 43 de la RG IGJ N° 15/24, sin necesidad de soporte papel.

Resoluciones digitales
La RG IGJ N° 5/2026 también prevé la implementación de Resoluciones Particulares del Inspector General en soporte electrónico con firma digital.

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