Presidencia de la Nación

Reparación de derechos de personas afectadas por la trata

El Programa establece una ayuda monetaria y otros beneficios para las personas afectadas por los delitos de trata y explotación de personas.

Resolución 391/2021 Ministerio de Trabajo
Empleo y Seguridad Social

Trabajo


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Objetivos del Programa

El Programa tiene los siguientes objetivos:

  • atenuar las consecuencias desfavorables de las situaciones de vulnerabilidad laboral que afectan a las víctimas de los delitos de trata y explotación de personas;
  • disminuir las posibilidades de revictimización;
  • promover y acompañar su inclusión social y su inserción o reinserción en actividades laborales formales;
  • impulsar el fortalecimiento de sus competencias laborales para mejorar sus oportunidades de trabajo;
  • promover la adquisición de conocimientos y hábitos laborales necesarios para desempeñarse en empleos o para desarrollar emprendimientos independientes;
  • dar una asignación dineraria básica que contribuya a su manutención.

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Personas destinatarias del Programa

Personas mayores de 18 años que no tengan un trabajo formal, estén desocupadas y que hayan sido asistidas como víctimas o posibles víctimas de situaciones de trata o de explotación de personas por un organismo público por una organización no gubernamental habilitada.

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Líneas de acción

El Programa desarrolla las siguientes Líneas de Acción:

  • Línea I: Recuperación de derechos e identificación, evaluación, mejora y fortalecimiento de las competencias laborales

La Linea I está dirigida a todas las personas seleccionadas por la Subsecretaría de Políticas de Inclusión en el Mundo Laboral.

Consiste en el desarrollo de una instancia para brindar apoyo y contención psico-social a las víctimas, identificar sus competencias laborales previas, desarrollar sus potencialidades y adquirir o fortalecer conocimientos y destrezas laborales.

  • Línea II: Apoyo y asistencia a la inserción laboral y al desarrollo ocupacional

La Línea II esta dirigida a las personas que han concluido las acciones de la Línea I

Consiste en la inclusión o participación de las personas beneficiarias en alguno de los siguientes programas:

  • formación profesional;
  • capacitación laboral o de entrenamiento para el trabajo;
  • acciones de orientación e intermediación laborales o de apoyo a la búsqueda activa de empleo;
  • acciones de mejora de las condiciones de empleabilidad y de inserción laboral;
  • certificación de competencias laborales y de prácticas calificantes; y
  • asistencia para el desarrollo de emprendimientos productivos independientes o de trabajos autónomos.

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Protección de la privacidad

Todos los funcionarios, agentes o empleados que intervengan en los procedimientos relacionados con la inclusión de las personas a este Programa deben cumplir las obligaciones de confidencialidad de la ley de Protección de los Datos Personales.

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Asignación básica

Otro de los beneficios de este Programa es el pago de una ayuda monetaria de carácter no remunerativo y de base no contributiva llamada Asignación básica para las víctimas de los delitos de trata y explotación de personas.

Tiene una duración máxima de hasta 12 meses consecutivos. El monto mensual equivale a 1 salario mínimo vital y móvil. Para consultar el valor actualizado ver aquí.

Para cobrar la asignación básica la persona beneficiaria debe estar formalmente inscripta en alguna de las acciones previstas en las Líneas de Acción.

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Compatibilidades

El pago de la asignación básica es compatible con cualquier otro ingreso monetario que reciba la persona beneficiaria en concepto de una prestación no contributiva, permanente o transitoria, abonada por el Estado.

Si la persona beneficiaria está percibiendo otro ingreso monetario en concepto de una prestación no contributiva al momento de su incorporación a este Programa la suma correspondiente a la Asignación básica estará limitada a la diferencia entre la suma percibida por aquella prestación y la Asignación básica hasta alcanzar el monto de 1 salario mínimo vital y móvil.

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Texto completo de la norma

Resolución 391/2021 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social


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