Presidencia de la Nación

Programa Fomentar Empleo

El Programa está pensado para asistir a las personas para que puedan ingresar a un empleo formal.

Resolución 647/2021 Ministerio de Trabajo
Empleo y Seguridad Social

Trabajo


En esta página


Objeto

El Programa Fomentar Empleo busca asistir a las personas con dificultades para ingresar al empleo formal.

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Beneficiarios

El Programa Fomentar Empleo está destinado a:

  • personas de 18 años de edad o más;
  • que se encuentren en búsqueda activa de empleo; y
  • que, al momento de solicitar la incorporación, no cuenten con trabajo registrado en el sistema de seguridad social dentro de los últimos 3 meses. Con excepción del Monotributo Social y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

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Tratamiento especial

El Programa Fomentar Empleo da un tratamiento especial a los siguientes grupos:

  • Jóvenes de 18 a 24 años inclusive, con estudios secundarios completos como último nivel alcanzado;

  • Jóvenes incluidos en el Programa Jóvenes con Más y mejor Trabajo, que se pasen al Programa Fomentar Empleo;

  • Mujeres de 25 a 59 años inclusive, sin título terciario o universitario y con menores de edad a cargo;

  • Varones de 45 a 64 años inclusive, sin título terciario o universitario y con menores de edad a cargo;

  • Personas de 25 a 64 años de diversidad sexo genérica, sin título terciario o universitario y con menores de edad a cargo;

  • Personas titulares del Programa Nacional de Inclusión socio productiva y Desarrollo local “Potenciar Trabajo”;

  • Jóvenes incluidos en el Programa PROGRESAR;

  • Personas incluidas en el Programa ACOMPAÑAR y Personas que finalizaron su participación en el Programa ACOMPAÑAR;

  • Personas con discapacidad que tengan Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente, no incluidos en el Programa Promover la Igualdad de oportunidades de empleo;

  • Personas que integren alguno de los siguientes colectivos con alto riesgo de exclusión del mercado laboral: personas travestis, transexuales y transgénero; personas que cuenten con la nomenclatura “X” en el campo “sexo” del Documento Nacional de Identidad; mujeres víctimas de violencia de género; personas víctimas de prácticas de explotación sexual o de trata de personas, o en situación de vulnerabilidad vinculada a la prostitución; personas que se encuentren en tratamiento por el consumo de sustancias psicoactivas en una fase donde sea prioritario el desarrollo de estrategias de reinserción social; personas privadas de su libertad, personas que estén incorporadas a medidas de tratamiento en el medio libre en virtud de disposición judicial y personas liberadas recientemente por cumplimiento o conmutación de pena; personas pertenecientes a pueblos indígenas; personas afrodescendientes y personas reconocidas como refugiadas; personas infectadas por el virus de VIH, hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual o tuberculosis; personas usuarias del sistema de salud mental que se encuentren en un momento del tratamiento donde sea prioritario desarrollar estrategias de inclusión socio-laboral; personas trasplantadas o en espera de un trasplante.

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Obligaciones

Las personas que se inscriban en el Programa tienen las siguientes obligaciones:

  • mantener actualizada su información personal, vías de contacto e historia laboral en el Portal Empleo;

  • brindar toda documentación o información que les pidan para acceder y participar del Programa;

  • comunicar cualquier problema de salud o de otro tipo que les impida asistir o realizar las actividades acordadas;

  • cumplir con las obligaciones específicas previstas en las prestaciones en las que participen.

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Prestaciones

Las personas beneficiarias que se incorporen al Programa pueden acceder a las siguientes prestaciones:

  • Servicios de orientación laboral y asistencia en la búsqueda de empleo

  • Servicios de intermediación laboral

  • Servicios de formación profesional

  • Certificación de competencias laborales

  • Prácticas en ambientes de trabajo

  • Acciones de promoción para la inserción en el trabajo registrado

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Portal Empleo

Todas estas prestaciones se llevan adelante a través del Portal Empleo.

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Asignaciones en dinero

El Estado puede evaluar asistir con dinero a algunas de las personas que adhieran al programa.

Por ejemplo, a quienes participen en las actividades de orientación laboral o en los cursos de formación profesional durante su participación en la actividad o el curso.

La Resolución 328/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establece el orden de prioridad para cobrar la asignación dineraria.

Cuando se comunica a la persona que tiene una vacante para participar en una actividad de orientación laboral o curso de formación profesional también se le informa que va a recibir la asignación dineraria.

Si cuando se le comunica que tiene la vacante no se le informa sobre la asignación significa que no va a recibir la asignación estímulo.

Se debe cumplir el régimen de asistencia exigido por la actividad o el curso para cobrar la asignación dineraria.

La asignación dineraria es compatible con:

  • el Monotributo Social;

  • el trabajo en casas particulares;

  • la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, y con cualquier otro tipo de asignación familiar;

  • la pensión no contributiva por invalidez;

  • la pensión no contributiva para madre de 7 o más hijos;

  • la pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur;

  • la pensión no contributiva para personas con VIH o hepatitis B o C;

  • la asignación no contributiva mensual para personas con trasplante o en lista de espera;

  • la tarjeta ALIMENTAR.

Podés conocer más información sobre la asignación dineraria en el Anexo de la Resolución 328/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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Acceso al Programa

Quienes estén interesados en acceder al Programa deben registrarse en el Portal Empleo.

A los inscriptos se les avisa si consiguieron una vacante para el Programa por correo electrónico y por celular.

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Contribuciones patronales

Se incluye al Programa Fomentar Empleo dentro de la nómina de políticas y programas educativos, de formación y empleo y de intermediación laboral comprendidos por el beneficio de reducción transitoria de contribuciones patronales establecido por el Decreto 493/2021.

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Integración entre el Programa jóvenes con más y mejor trabajo y el Programa Fomentar empleo

Quienes participen del Programa jóvenes con más y mejor trabajo pueden elegir pasarse al Programa Fomentar Empleo.
Para eso tienen que inscribirse a través del Portal Empleo.
Cuando se inscriban, el sistema les da de baja del Programa jóvenes con más y mejor trabajo.

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Texto completo de la norma

Resolución 647/2021 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Normas complementarias

Resolución 328/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Resolución 609/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Más información

Portal Empleo


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