Programa Fomentar Empleo
El Programa está pensado para asistir a las personas para que puedan ingresar a un empleo formal.
Trabajo
En esta página
- Objeto
- Beneficiarios
- Tratamiento especial
- Obligaciones
- Prestaciones
- Portal Empleo
- Asignaciones en dinero
- Acceso al Programa
- Contribuciones patronales
- Integración entre el Programa Jóvenes con más y mejor trabajo y el Programa Fomentar empleo
- Texto completo de la norma
Objeto
El Programa Fomentar Empleo busca asistir a las personas con dificultades para ingresar al empleo formal.
Beneficiarios
El Programa Fomentar Empleo está destinado a:
- personas de 18 años de edad o más;
- que se encuentren en búsqueda activa de empleo; y
- que, al momento de solicitar la incorporación, no cuenten con trabajo registrado en el sistema de seguridad social dentro de los últimos 3 meses. Con excepción del Monotributo Social y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Tratamiento especial
El Programa Fomentar Empleo da un tratamiento especial a los siguientes grupos:
-
Jóvenes de 18 a 24 años inclusive, con estudios secundarios completos como último nivel alcanzado;
-
Jóvenes incluidos en el Programa Jóvenes con Más y mejor Trabajo, que se pasen al Programa Fomentar Empleo;
-
Mujeres de 25 a 59 años inclusive, sin título terciario o universitario y con menores de edad a cargo;
-
Varones de 45 a 64 años inclusive, sin título terciario o universitario y con menores de edad a cargo;
-
Personas de 25 a 64 años de diversidad sexo genérica, sin título terciario o universitario y con menores de edad a cargo;
-
Personas titulares del Programa Nacional de Inclusión socio productiva y Desarrollo local “Potenciar Trabajo”;
-
Jóvenes incluidos en el Programa PROGRESAR;
-
Personas incluidas en el Programa ACOMPAÑAR y Personas que finalizaron su participación en el Programa ACOMPAÑAR;
-
Personas con discapacidad que tengan Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente, no incluidos en el Programa Promover la Igualdad de oportunidades de empleo;
-
Personas que integren alguno de los siguientes colectivos con alto riesgo de exclusión del mercado laboral: personas travestis, transexuales y transgénero; personas que cuenten con la nomenclatura “X” en el campo “sexo” del Documento Nacional de Identidad; mujeres víctimas de violencia de género; personas víctimas de prácticas de explotación sexual o de trata de personas, o en situación de vulnerabilidad vinculada a la prostitución; personas que se encuentren en tratamiento por el consumo de sustancias psicoactivas en una fase donde sea prioritario el desarrollo de estrategias de reinserción social; personas privadas de su libertad, personas que estén incorporadas a medidas de tratamiento en el medio libre en virtud de disposición judicial y personas liberadas recientemente por cumplimiento o conmutación de pena; personas pertenecientes a pueblos indígenas; personas afrodescendientes y personas reconocidas como refugiadas; personas infectadas por el virus de VIH, hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual o tuberculosis; personas usuarias del sistema de salud mental que se encuentren en un momento del tratamiento donde sea prioritario desarrollar estrategias de inclusión socio-laboral; personas trasplantadas o en espera de un trasplante.
Obligaciones
Las personas que se inscriban en el Programa tienen las siguientes obligaciones:
-
mantener actualizada su información personal, vías de contacto e historia laboral en el Portal Empleo;
-
brindar toda documentación o información que les pidan para acceder y participar del Programa;
-
comunicar cualquier problema de salud o de otro tipo que les impida asistir o realizar las actividades acordadas;
-
cumplir con las obligaciones específicas previstas en las prestaciones en las que participen.
Prestaciones
Las personas beneficiarias que se incorporen al Programa pueden acceder a las siguientes prestaciones:
-
Servicios de orientación laboral y asistencia en la búsqueda de empleo
-
Servicios de intermediación laboral
-
Servicios de formación profesional
-
Certificación de competencias laborales
-
Prácticas en ambientes de trabajo
-
Acciones de promoción para la inserción en el trabajo registrado
Portal Empleo
Todas estas prestaciones se llevan adelante a través del Portal Empleo.
Asignaciones en dinero
El Estado puede evaluar asistir con dinero a algunas de las personas que adhieran al programa.
Por ejemplo, a quienes participen en las actividades de orientación laboral o en los cursos de formación profesional durante su participación en la actividad o el curso.
La Resolución 328/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establece el orden de prioridad para cobrar la asignación dineraria.
Cuando se comunica a la persona que tiene una vacante para participar en una actividad de orientación laboral o curso de formación profesional también se le informa que va a recibir la asignación dineraria.
Si cuando se le comunica que tiene la vacante no se le informa sobre la asignación significa que no va a recibir la asignación estímulo.
Se debe cumplir el régimen de asistencia exigido por la actividad o el curso para cobrar la asignación dineraria.
La asignación dineraria es compatible con:
-
el Monotributo Social;
-
el trabajo en casas particulares;
-
la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, y con cualquier otro tipo de asignación familiar;
-
la pensión no contributiva por invalidez;
-
la pensión no contributiva para madre de 7 o más hijos;
-
la pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur;
-
la pensión no contributiva para personas con VIH o hepatitis B o C;
-
la asignación no contributiva mensual para personas con trasplante o en lista de espera;
-
la tarjeta ALIMENTAR.
Podés conocer más información sobre la asignación dineraria en el Anexo de la Resolución 328/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Acceso al Programa
Quienes estén interesados en acceder al Programa deben registrarse en el Portal Empleo.
A los inscriptos se les avisa si consiguieron una vacante para el Programa por correo electrónico y por celular.
Contribuciones patronales
Se incluye al Programa Fomentar Empleo dentro de la nómina de políticas y programas educativos, de formación y empleo y de intermediación laboral comprendidos por el beneficio de reducción transitoria de contribuciones patronales establecido por el Decreto 493/2021.
Integración entre el Programa jóvenes con más y mejor trabajo y el Programa Fomentar empleo
Quienes participen del Programa jóvenes con más y mejor trabajo pueden elegir pasarse al Programa Fomentar Empleo.
Para eso tienen que inscribirse a través del Portal Empleo.
Cuando se inscriban, el sistema les da de baja del Programa jóvenes con más y mejor trabajo.
Texto completo de la norma
Resolución 647/2021 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Normas complementarias
Resolución 328/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Resolución 609/22 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social