Presidencia de la Nación

Personas con hemofilia con HIV

Toda persona con hemofilia que está infectada con HIV u otros virus por su tratamiento, tiene derecho al cobro de una suma mensual.

Ley 25.869

Salud


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Personas protegidas

¿A quiénes protege la ley?
  • A toda persona con hemofilia que, como consecuencia de haber recibido tratamientos con hemoderivados entre los años 1979-1995, haya sido infectada con el retrovirus de Inmunodeficiencia Humana (HIV) o los virus de Hepatitis B (HBV) y Hepatitis C (HCV).
  • Al cónyuge o pareja que convive públicamente con la persona infectada por más de 2 años y que haya sido contagiado por la persona hemofílica con los virus HIV, HBV y HCV.
  • A los hijos e hijas de esas personas que hayan sido infectados al nacer por los virus HIV, HBV y HCV.

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Beneficios

¿En qué consiste el beneficio que otorga la ley?

En una suma mensual de dinero.

¿Cómo puedo acceder al beneficio?

Tenés que presentar:

  • Certificado médico de un servicio de hematología correspondiente a un hospital público o por el Instituto de Investigaciones Hematológicas "Mariano R. Castex" de la Academia Nacional de Medicina.

  • Resumen de tu historia clínica hecho por el médico que te trata. El médico tiene que indicar la vía de contagio y en qué fecha te contagiaste.

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Texto completo de la norma

Ley 25.869

Normas complementarias

Decreto 1950/2004

Más información

Ministerio de Salud


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El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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