Presidencia de la Nación

Programa Producir

El Programa Producir se crea para promover la independencia económica de mujeres y personas LGBTI+ que han vivido o viven situaciones de violencia de género.

Resolución 186/2021 Ministerio de las Mujeres
Géneros y Diversidad.

Mujeres, Géneros y Diversidad


En esta página


Objetivos

El Programa Producir se crea para promover la independencia económica de mujeres y personas LGBTI+ que han vivido o viven situaciones de violencia de género.

Son objetivos del Programa:

  • Facilitar el acceso a herramientas técnicas, equipamiento y financiamiento para la formación de proyectos productivos.
  • Promover la capacitación.
  • Promover la creación o el fortalecimiento de unidades económicas y proyectos productivos en comunidades indígenas y economías regionales.
  • Generar la articulación con organismos públicos, organizaciones de la sociedad civil y del sector privado vinculados al desarrollo productivo, comercial, laboral y económico.

Volver al índice


Destinatarias

El Programa Producir está destinado a organizaciones sociales de la sociedad civil con personería jurídica y a organizaciones sociales con base territorial, sin personería jurídica, que desarrollen unidades económicas o proyectos productivos que incluyan a mujeres y LGBTI+ que vivan o hayan vivido situaciones de violencia de género.

El Programa da asistencia económica y apoyo técnico a estas organizaciones.

Volver al índice

Exclusiones

No podrán ingresar al Programa:

  • Las organizaciones sociales cuyas máxima autoridad, representante legal o persona que represente a la organización sin personería jurídica sea funcionario o familiar directo de la persona que ejerce un cargo público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • La organización que sea beneficiaria de un Programa nacional que de un subsidio por el mismo concepto y con igual fin.
  • La organización que no posea CUIT activo.

Para verificar las incompatibilidades, las organizaciones destinatarias deberán completar y suscribir una Declaración Jurada.

Volver al índice


Apoyo económico

El apoyo económico que se dará es un subsidio por el monto equivalente al valor de:

  • entre 47 y 70 salarios mínimos vitales y móviles para las organizaciones sociales con personería jurídica;
  • de 23 salarios mínimos vitales y móviles para las organizaciones sin personería jurídica.

Volver al índice


Destino del apoyo económico

Los montos deben usarse para:

  • Bienes de Capital: equipamiento tecnológico, maquinaria, muebles, herramientas (como mínimo al 40 %).
  • Servicios: honorarios por servicios técnicos y profesionales y otras remuneraciones.
  • Insumos y otros gastos corrientes: insumos para la producción, logística y comercialización, traslados. No pueden destinarse al pago de viáticos.

El monto del subsidio no puede superar el 75% de lo presupuestado para el Proyecto.

Cada organización debe efectuar una contribución de al menos un 25 % del presupuesto del Proyecto.

Se debe detallar en el Formulario de Postulación en forma expresa y clara, cuáles van a ser los bienes o recursos que la organización aportará para llevar adelante las actividades.

No se podrá destinar más del 50% de los recursos otorgados para atender el pago de sueldos o equivalentes.

Volver al índice


Aprobación de los Proyectos

Para la aprobación de los proyectos, se evaluará:

  • La integración de la organización con mujeres y LGBTI+ que vivan o hayan vivido situaciones de violencias de género.
  • La consistencia y el impacto social del Proyecto.
  • La importancia del Proyecto como herramienta de inclusión laboral y para el desarrollo de la independencia económica.
  • La trayectoria y reconocimiento de la organización que presenta el Proyecto.
  • Las actividades realizadas por la organización en los años anteriores. Se valorarán los Proyectos con inserción en pequeñas localidades y en poblaciones de alta
    vulnerabilidad social.
  • La articulación de la organización social con dispositivos de asistencia integral para personas en situación de violencia de género.
  • La distribución regional de los proyectos.

Se va dar prioridad a las organizaciones que:

  • Estén integrados por población rural, indígena o liberadas.
  • Desarrollen programas de formación para mujeres y LGBTI+ en sectores económicos y productivos tradicionalmente masculinizados.
  • Realicen actividades productivas relacionadas con las tareas de cuidado de la población destinataria.
  • Diseñen mecanismos de seguimiento y evaluación que aseguren la participación de las mujeres y LGBTI+ en situación de violencia de género, de modo de conocer el
    impacto en la independencia económica.

Volver al índice


Documentación

Las organizaciones que soliciten ingresar al Programa deben enviar la documentación en formato digital al correo electrónico [email protected].

El plazo de ejecución del Proyecto no podrá superar los 8 meses desde la acreditación de los fondos en la cuenta de la organización

Volver al índice


Rendición de cuentas

La organización deberá presentar la rendición de cuentas del subsidio y el informe técnico final de tareas, en un plazo máximo de 60 días corridos desde que finalizó el proyecto.

Si no lo hace en ese plazo, se intimará por el plazo de 30 días hábiles para que cumpla con la rendición pendiente. Cumplido ese plazo, se habilitará el inicio de las acciones administrativas o judiciales pertinentes.

Volver al índice


Texto completo de la norma

Resolución 186/2021 Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad

Más información

Programa Producir


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información


 

Scroll hacia arriba