Programa Acompañar
El Programa está pensado para asistir económicamente a personas en situación de riesgo de violencia por motivos de género
Mujeres, Géneros y Diversidad
En esta página
- Objetivo
- Personas en situación de riesgo por violencia
- Apoyo económico
- Incompatibilidades
- Finalización de la ayuda económica
- Texto completo de la norma
Objetivo
Este Programa busca promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que estén en situación de riesgo por violencia de género con un apoyo económico. También busca fortalecer las redes de acompañamiento para cubrir gastos de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.
Personas en situación de riesgo por violencia
Son las mujeres y personas LGBTI+ que por sus condiciones socio económicas y vinculares están expuestas a violencias por motivos de género que ponen en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social.
Apoyo económico
Acceso
Para acceder al apoyo económico se debe acreditar la situación de riesgo de violencia por motivos de género con un informe social.
Se puede solicitar el apoyo económico a partir de los 18 años.
Pueden solicitar el apoyo económico la persona residente en el país que sea:
-
ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o
-
extranjera con residencia legal en la República Argentina por un periodo de 1 año anterior a la solicitud.
Puede pedir el apoyo económico en la oficina de atención para violencia, que puede ser local, provincial o de CABA. Allí hay a acreditar su situación de riesgo de violencia por motivos de género.
Pago
El apoyo económico es una suma de dinero del valor de 1 salario mínimo vital y móvil, que se paga durante 6 meses consecutivos. La ANSES se ocupa del pago del apoyo.
El apoyo económico está previsto para los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencia por motivos de género.
El apoyo económico se puede cobrar si recibís:
-
asignación universal por hijo o hija;
-
asignación universal por embarazo para protección social;
-
asignación por hijo o hija con discapacidad;
-
monotributo social,
-
ingreso familiar de emergencia (IFE).
También se puede cobrar el apoyo económico si tenés trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Incompatibilidades
No se puede recibir apoyo económico del Programa Acompañar si recibís:
-
ingresos por trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; monotributo; o régimen de autónomos;
-
subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo o capacitación otorgado por el Estado Nacional;
-
jubilaciones, pensiones, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
-
pensión universal para el adulto mayor;
-
prestación por desempleo.
Finalización del apoyo económico
El apoyo económico finaliza por:
- fallecimiento de la persona destinataria;
- renuncia expresa;
- ingreso a otro programa social de apoyo económico destinado a personas en situación de violencia por motivos de género;
- incompatibilidades posteriores al otorgamiento del apoyo económico.
Durante el plazo en el que las personas en riesgo reciban la ayuda económica el Ministerio de la Mujeres, Géneros y Diversidad dará acompañamiento para promover el fortalecimiento psicosocial de la persona.
Texto completo de la norma
Normas complementarias
Resolución 265/2021 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad