Presidencia de la Nación

Programa Acompañar

El Programa está pensado para asistir económicamente a personas en situación de riesgo de violencia por motivos de género

Decreto 734/2020

Mujeres, Géneros y Diversidad


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Objetivo

Este Programa busca promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que estén en situación de riesgo por violencia de género con un apoyo económico. También busca fortalecer las redes de acompañamiento para cubrir gastos de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.

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Personas en situación de riesgo por violencia

Son las mujeres y personas LGBTI+ que por sus condiciones socio económicas y vinculares están expuestas a violencias por motivos de género que ponen en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social.

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Apoyo económico

Acceso

Para acceder al apoyo económico se debe acreditar la situación de riesgo de violencia por motivos de género con un informe social.

Se puede solicitar el apoyo económico a partir de los 18 años.

Pueden solicitar el apoyo económico la persona residente en el país que sea:

  • ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o

  • extranjera con residencia legal en la República Argentina por un periodo de 1 año anterior a la solicitud.

Puede pedir el apoyo económico en la oficina de atención para violencia, que puede ser local, provincial o de CABA. Allí hay a acreditar su situación de riesgo de violencia por motivos de género.

Pago

El apoyo económico es una suma de dinero del valor de 1 salario mínimo vital y móvil, que se paga durante 6 meses consecutivos. La ANSES se ocupa del pago del apoyo.
El apoyo económico está previsto para los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencia por motivos de género.

El apoyo económico se puede cobrar si recibís:

  • asignación universal por hijo o hija;

  • asignación universal por embarazo para protección social;

  • asignación por hijo o hija con discapacidad;

  • monotributo social,

  • ingreso familiar de emergencia (IFE).

También se puede cobrar el apoyo económico si tenés trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

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Incompatibilidades

No se puede recibir apoyo económico del Programa Acompañar si recibís:

  • ingresos por trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; monotributo; o régimen de autónomos;

  • subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo o capacitación otorgado por el Estado Nacional;

  • jubilaciones, pensiones, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

  • pensión universal para el adulto mayor;

  • prestación por desempleo.

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Finalización del apoyo económico

El apoyo económico finaliza por:

  • fallecimiento de la persona destinataria;
  • renuncia expresa;
  • ingreso a otro programa social de apoyo económico destinado a personas en situación de violencia por motivos de género;
  • incompatibilidades posteriores al otorgamiento del apoyo económico.

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Texto completo de la norma

Decreto 734/2020

Normas complementarias

Resolución 265/2021 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad

Más información

Programa Acompañar


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