Presidencia de la Nación

Identidad de género en el DNI y pasaporte

Se agrega la categoría X para indicar el sexo en el DNI y pasaporte.

Decreto 476/2021

Mujeres, Géneros y Diversidad


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Identidad de género

El Registro Nacional de las Personas deberá adaptar el campo referido al sexo en los documentos nacionales de identidad y los pasaportes para argentinos.

Van a figurar: “F” -Femenino-, “M” - Masculino- y “X”.

La “X” en el campo “sexo” comprende las siguientes acepciones:

  • no binaria;

  • indeterminada;

  • no especificada;

  • indefinida;

  • no informada;

  • autopercibida;

  • no consignada;

  • cualquier otra con la que se identifique la persona que no se siente comprendida en el binomio masculino-femenino.

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A quiénes se aplica

A las personas nacionales que pidieron la rectificación de sus partidas de nacimiento amparándose en la ley de identidad de género.

También se aplica a las personas extranjeras que tengan documento nacional de identidad para extranjeros, pasaporte excepcional para extranjeros o documento de viaje para apátridas o refugiados.

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Documento de viaje

El documento nacional de identidad que tenga la letra “X” en la zona reservada al “sexo” va a tener validez como documento de viaje en los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados.

El Registro Nacional de las Personas tiene que informar a las personas que indiquen “X” en el campo “sexo” en el documento nacional de identidad o pasaporte sobre las posibilidades de ver restringido su ingreso, permanencia o tránsito en los Estados en los cuales no se reconozcan otras categorías de sexo que no sean las binarias.

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Texto completo de la norma

Decreto 476/2021


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