Presidencia de la Nación

Acceso a derechos para personas travestis, transexuales y transgénero

El Programa está pensado para fortalecer el acceso a derechos de personas travestis, transexuales y transgénero en condiciones que aseguren el respeto de su identidad y expresión de género.

Resolución 83/2020 Ministerio de las Mujeres
Géneros y Diversidad

Mujeres, Géneros y Diversidad


En esta página


Objetivos

El Programa está pensado para fortalecer el acceso a derechos de personas travestis, transexuales y transgénero en condiciones que aseguren el respeto de su identidad y expresión de género, mediante una atención, acompañamiento y asistencia integral.

Volver al índice


Destinatarios

Son destinatarias del Programa las personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 18 años que vivan en Argentina y estén en situación de vulneración de sus derechos por su identidad y expresión de género.

Volver al índice


Componentes

El Programa se compone de:

  • Atención, acompañamiento y asistencia integral.

  • Acceso a la educación, para promover la inclusión educativa, erradicar y reducir los actos de hostigamiento y trabajar de forma conjunta con áreas del sistema educativo.

  • Acceso a la salud, para garantizar que las personas travestis y trans puedan acceder al sistema de salud de manera integral.

  • Acceso al empleo, para garantizar la inserción y estabilidad laboral de las personas travestis, transexuales y transgéneros. Se incluyen acciones de formación, capacitación y de acceso al empleo.

  • Apoyo económico para necesidades básicas. Conocé las características de este apoyo.

  • Apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50 años. Pueden ser personas nacionales o residentes en Argentina con DNI, que estén en situación de vulneración de sus derechos por su identidad y expresión de género.

Volver al índice

Ingreso al Programa

Las personas travestis, transexuales y transgénero pueden solicitar el ingreso al Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos a través del formulario del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

Las personas pueden pedir que actualicen sus datos o que corrijan sus datos personales, enviando un mail a [email protected]

Volver al índice


Admisibilidad

Para entrar al Programa es necesario:

  • tener más de 18 años;

  • vivir en Argentina;

  • ser una persona travesti, transexual o transgénero;

  • que exista una vulneración de derechos por la identidad y expresión de género.

Luego de la solicitud, el equipo del Programa realiza una entrevista con la persona.

Volver al índice


Apoyo económico para necesidades básicas

Se establece un apoyo económico para las personas travestis, transgéneros y transexuales de 18 años que sean ciudadanos argentinos o residentes en Argentina con Documento Nacional de Identidad, residencia permanente o temporaria en el país y situación de vulnerabilidad extrema.

Para dar el apoyo económico se consideran los indicadores de vulnerabilidad y se hace una evaluación integral de la situación de la persona.

El apoyo económico tiene un valor de 2 salarios mínimos, vitales y móviles. Es de pago único, no reintegrable y no remunerativo.

El apoyo económico es para cubrir las necesidades básicas de forma inmediata. Quedan incluidos los gastos de alimentación, vestimenta, salud, educación, vivienda, acceso al empleo, acceso a la documentación o trámites y acceso a telefonía e internet, entre otros.

Las personas travestis, transgéneros y transexuales pueden cobrar el apoyo económico a través de una cuenta bancaria o a través del Correo Argentino S.A.

Pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan monotributo social o que sean trabajadores de casas particulares.

No pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan ingresos por un trabajo en relación de dependencia, en el ámbito público o en el ámbito privado, las personas que sean monotributistas o las personas que sean trabajadores autónomos.

Volver al índice


Apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50 años

Se establece un apoyo económico para las personas travestis, transgéneros y transexuales de 50 años o más que sean ciudadanos argentinos o residentes en Argentina con Documento Nacional de Identidad y estén en una situación de vulneración de sus derechos por motivos de identidad de género y/o su expresión.

El apoyo económico tiene un valor de 6 salarios mínimos, vitales y móviles. Es de pago único, no reintegrable y no remunerativo.

El apoyo económico cubre los gastos de alimentación, vestimenta, salud, educación, vivienda, acceso al empleo, acceso a la documentación o trámites y acceso a telefonía e internet, entre otros.

Pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan monotributo social o que sean trabajadores de casas particulares.
No pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan ingresos por un trabajo en relación de dependencia, en el ámbito público o en el ámbito privado, las personas que sean monotributistas o las personas que sean trabajadores autónomos.

Volver al índice


Texto completo de la norma

Resolución 83/2020 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad

Normas complementarias

Resolución 228/2021 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

Resolución 353/2022 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información


 

Scroll hacia arriba