Presidencia de la Nación

Ley Micaela - Capacitación en género y violencia contra las mujeres

La ley Micaela obliga a todas las personas que trabajan en los 3 poderes del Estado Nacional a recibir capacitaciones en temas de género y violencia contra las mujeres

Ley 27.499

Mujeres, Géneros y Diversidad


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Ley Micaela

¿Qué obligaciones establece la ley Micaela?

Establece la capacitación obligatoria en los temas de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que trabajan en la función pública.

¿La obligación de capacitarse incluye a todos los poderes del Estado Nacional?

Sí. Deben recibir capacitación todas las personas que trabajan en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

¿La obligación de capacitarse alcanza a todos los niveles de trabajo en la función pública?

Sí. Deben recibir capacitación las personas que trabajan en la función pública, cualquiera sea su nivel o jerarquía.

¿Por qué esta ley se llama Micaela?

La ley se llama Micaela por Micaela García, una joven de 21 años que fue asesinada en Gualeguay (Entre Ríos) por un hombre que tenía antecedentes penales por violación.

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Capacitaciones

¿Cuándo deben comenzar las capacitaciones?

Dentro del año de la entrada en vigencia de la ley.

¿Quiénes deben organizar las capacitaciones?

Las máximas autoridades de los organismos públicos y las organizaciones sindicales correspondientes. Si en esos organismos existen áreas, programas u oficinas de género, las autoridades pueden contar con su colaboración para organizar y cumplir con las capacitaciones.

¿Quiénes establecen el contenido de las capacitaciones?

Los organismos públicos pueden hacer adaptaciones de materiales o programas existentes o desarrollar un programa propio. Deben cumplir la normativa, recomendaciones y otras disposiciones de los organismos que controlan el cumplimiento de las convenciones internacionales sobre género y violencia contra las mujeres firmadas por Argentina.

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Falta de cumplimiento

¿Es posible negarse a recibir la capacitación en temas de género y violencia contra las mujeres?

No. Todas las personas que trabajan en la función pública deben recibir las capacitaciones, cualquiera sea su nivel o jerarquía.

¿Qué pasa si una persona se niega a recibir la capacitación?

Debe ser intimada a recibir la capacitación. Si no cumple con la intimación, se considera falta grave y se puede aplicar una sanción disciplinaria.

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Provincias y Ciudad de Buenos Aires

¿Esta ley es obligatoria también para las personas que trabajan en los poderes públicos de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires?

No. La ley es obligatoria para todos los poderes del Estado Nacional. Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires están invitadas a adherir a la ley.

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Texto completo de la norma

Ley 27.499


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