Presidencia de la Nación

Ley de electrodependientes

Garantiza el suministro permanente y gratuito de energía eléctrica a las personas electrodependientes

Ley 27.351

Salud


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Electrodependientes

Las personas electrodependientes por cuestiones de salud son las que necesitan suministro de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para el funcionamiento de su equipamiento médico para evitar riesgos en su vida o su salud.

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Servicio de Energía Eléctrica

El titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente tiene garantizado el servicio eléctrico en forma permanente en su domicilio.

El medidor de dicho domicilio debe estar debidamente identificado.

El servicio eléctrico para los electrodependientes es gratuito. El beneficio consiste en el reconocimiento de la totalidad de la facturación del servicio de energía eléctrica.

También esta eximido del pago de los derechos de conexión.

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Grupo electrógeno

Una persona electrodependiente puede solicitar grupo electrógeno. El titular del servicio o uno de sus convivientes registrado como electrodependiente puede pedir un grupo electrógeno a la empresa de energía.

La empresa distribuidora de energía debe entregar el grupo electrógeno en forma gratuita y debe cubrir los costos de funcionamiento.

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Atención telefónica

La empresa distribuidora de energía debe habilitar una línea telefónica gratuita para la atención de los usuarios electrodependientes disponible las 24 horas, incluyendo días inhábiles.

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Registro

El Registro de electrodependientes por cuestiones de salud (RECS) que depende del Ministerio de Salud es el lugar donde se registran las personas elctrodependientes.

Esta ley no invalida los registros especiales para electrodependientes creados por las autoridades o por empresas distribuidoras locales que se hayan creado hasta la fecha de sanción de la esta ley.

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Adaptación de instalaciones

Las personas electrodependientes por cuestiones de salud pueden inscribirse en la base de datos del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para solicitar financiamiento para adecuar las instalaciones eléctricas domiciliarias y conectarse a la Fuente Alternativa de Energía (FAE).

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Texto completo de la norma

Ley 27.351

Normas complementarias

Decreto 740/2017
Resolución 97/2021 ENRE

Más información

Electrodepenidentes


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El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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