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Plan Accesar

El Plan Integral para la Promoción y Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el ámbito local “ACCESAR” fue creado para apoyar a los gobiernos municipales en la puesta en marcha de iniciativas para que las ciudades sean accesibles e inclusivas y permitan el goce de todos los derechos humanos de las personas con discapacidad en sus territorios.

Resolución 1200/2021 Agencia Nacional de Discapacidad

Discapacidad


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Plan Accesar

El Plan Integral para la Promoción y Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el ámbito local “ACCESAR” tiene como objetivo garantizar el pleno goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las demás.

Para cumplir con ese objetivo, el Plan Accesar promueve la creación de entornos accesibles e inclusivos, en articulación con los gobiernos municipales y considerando las características de cada territorio.

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Objetivos

Algunos de los objetivos del Plan Accesar son:

  • Optimizar las herramientas y recursos técnicos, humanos y financieros de los gobiernos municipales para que las respuestas a los problemas de accesibilidad sean eficientes, transparentes, responsables e innovadoras.

  • Promover el cumplimiento efectivo de la legislación nacional en materia de promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad y tender a la incorporación de normativa específica local.

  • Desarrollar y generar datos desglosados por género, edad, discapacidad, ingresos, situación migratoria, ubicación geográfica y cualquier otra característica relevante en el contexto local.

  • Construir indicadores de estructura, proceso y resultado para evaluar la aplicación de las reglas de accesibilidad y diseño universal, las medidas específicas adoptadas y los logros a nivel municipal.

  • Prevenir, sancionar y erradicar, en diálogo con los gobiernos municipales, la discriminación y las violencias por motivo de discapacidad y cualquier otro motivo prohibido contra las personas con discapacidad para reconocer, respetar y empoderar las habilidades de todas las personas de conformidad con el modelo de igualdad inclusiva.

  • Promover metodologías de gobernanza local inclusiva por medio de la celebración de instancias de consulta estrecha y colaboración activa con las personas con discapacidad y las organizaciones de personas con discapacidad para tomar decisiones que puedan afectar de forma directa o indirecta a sus derechos.

  • Adoptar medidas adecuadas y eficientes, en articulación con los gobiernos municipales, para eliminar las barreras que impiden el acceso a los objetos, instalaciones, bienes y servicios existentes que están destinados o abiertos al público, con una supervisión continua para alcanzar la plena accesibilidad.

  • Impulsar la aplicación estricta del diseño universal local.

  • Promover la inclusión de los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad en todas las políticas públicas locales

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Líneas y componentes del plan Accesar

El Plan Accesar se implementa por medio de las siguientes líneas y componentes:

  • Línea de Fortalecimiento de la Gestión Municipal y Territorial. Sus componentes son:

    . Componente de Diagnóstico y Planificación Institucional y Territorial,
    . Componente de Capacitación
    . Componente de Fortalecimiento de la Gestión Municipal

  • Línea de Promoción y Protección de los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito local. Sus componentes son:

    . Componente de Promoción de Derechos de las Personas con Discapacidad
    . Componente de Protección de Derechos de las Personas con Discapacidad

  • Línea de Apoyo a las Iniciativas Locales para la construcción de ciudades accesibles e inclusivas. Sus componentes son:

    . Componente de Accesibilidad Urbana
    . Componente de Inclusión a los Entornos Tecnológicos

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Etapas de implementación

El plan Accesar debe ser implementado por los gobiernos municipales en tres etapas:

La etapa 1 incluye el diagnóstico institucional y territorial, el fortalecimiento de las áreas municipales de discapacidad y la construcción del plan municipal de promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito local.

El diagnóstico evaluará la situación del Municipio en términos de accesibilidad y de capacidad operativa para atender las demandas de las personas con discapacidad. Los puntos que se deben incluir en el diagnóstico están detallados en el Formulario Diagnóstico Institucional y Territorial

La etapa de diagnóstico no podrá exceder de 30 días corridos desde la suscripción del Convenio.

La etapa 2 resultará del plan municipal y contendrá las acciones de promoción y protección de derechos de las personas con discapacidad.

En esta etapa, el “Plan Municipal de inclusión y accesibilidad para las personas con discapacidad” debe incluir:

  • Plan de acción para adecuar y armonizar la normativa local con los principios y derechos establecidos por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  • Elaboración e implementación de un código o manual de accesibilidad urbana.
  • Accesibilidad web de los portales digitales del municipio.
  • Desarrollo de campañas públicas para combatir y erradicar la discriminación y las violencias hacia las personas con discapacidad.
  • Dispositivos territoriales para informar y facilitar el acceso a las diversas herramientas y programas del Estado Nacional que permitan un desarrollo pleno de los derechos de las personas con discapacidad.
  • Plan de promoción del cupo laboral en el empleo público y privado en el marco de la Ley N° 22.431 y las leyes provinciales y la promoción de la inserción en otro tipo de emprendimientos que promuevan el acceso al trabajo.
  • Creación de una Red Territorial de Promotores y Promotoras por los derechos de las personas con discapacidad.

También debe contemplar la implementación de dispositivos para mejorar las condiciones de vida y favorecer la independencia de las personas con discapacidad, por medio de las siguientes acciones:

  • Puesta en funcionamiento de dispositivos para la formación profesional e inserción laboral de las personas con discapacidad.
  • Remoción de barreras para el acceso, permanencia y egreso de los estudios formales a través de tutorías, apoyo a los traslados y otorgamiento de material didáctico.
  • Implementación de un dispositivo de abordaje de las violencias por razones de género hacia las mujeres y personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género y características sexuales diversas con discapacidad.
  • Acceso a actividades artísticas, culturales y deportivas a través del mejoramiento de las instalaciones deportivas municipales y la provisión de los elementos necesarios.

La etapa 3 resultará del plan municipal y desarrollará las iniciativas para la construcción de ciudades accesibles e inclusivas.

En esta etapa se debe abordar el mejoramiento de la infraestructura local en relación con el diseño y la funcionalidad de los asentamientos humanos de acuerdo con las necesidades de las personas con discapacidad. Debe incluir propuestas para mejorar el acceso de las personas con discapacidad a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

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Categorías de municipios y recursos

Se establecen 3 categorías de Municipios según cantidad de población:

  • Pequeños: hasta 50.000 habitantes;
  • Medianos: de 50.001 a 200.000 habitantes;
  • Grandes: más de 200.000 habitantes.

Para el desarrollo de la Etapa 1 del Plan, se destinarán los siguientes recursos:

  • Para los Municipios pequeños una suma, por única vez, de 500.000 pesos.
  • Para los Municipios medianos una suma, por única vez, de 750.000 pesos.
  • Para los Municipios grandes una suma, por única vez, de 1.000.000.

En la etapa 1 se financiarán los siguientes componentes:

  • Equipamiento: Computadoras tipo PC, notebooks, impresoras, proyectores, pantallas, turneras, sillas de ruedas.
  • Mobiliario: Escritorios, sillas, mesas para reuniones, armarios, y todo otro insumo de oficina.
  • Cartelería y señalética: Carteles de fachada, carteles internos de señalización, banners, boxes de atención al público.

Cualquier otro equipamiento no incluido en esa enumeración deberá contar con previa autorización por escrito de la Unidad de Coordinación.

Los municipios deben rendir cuentas documentadas de la afectación de los fondos.

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Texto completo de la norma

Resolución 1200/2021 Agencia Nacional de Discapacidad

Normas complementarias

Resolución 555/2023 Agencia Nacional de Discapacidad


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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