Presidencia de la Nación

Decretos

El Presidente de la Nación emite decretos para regular la organización administrativa del país

Constitución Nacional

Justicia y derechos humanos


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Facultades del Presidente de la Nación

¿Qué normas puede emitir el Presidente?

Puede emitir decretos para regular todo lo que tenga que ver con la organización administrativa del país. Sus facultades están reguladas en el art. 99 de la Constitución Nacional.

¿El Presidente de la Nación puede emitir disposiciones legislativas?

No. La Constitución Nacional, como principio general, prohíbe al Presidente emitir disposiciones legislativas pero, bajo determinadas circunstancias, autoriza a dictarlas a través de los decretos delegados y los decretos de necesidad y urgencia.

El art. 99. inciso 3º de la Constitución Nacional establece cuándo puede emitir decretos de necesidad y urgencia.

El art. 76 de la Constitución Nacional establece cuándo puede emitir decretos delegados.

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Decretos de necesidad y urgencia

¿Qué es un decreto de necesidad y urgencia?

Es el que emite el Presidente cuando existen circunstancias excepcionales que impiden seguir el procedimiento de sanción de las leyes establecido en la Constitución Nacional.

Los decretos de necesidad y urgencia ¿pueden regular cualquier materia?

No. No pueden tratar temas de materia penal, tributaria, electoral o sobre partidos políticos.

¿Cómo se controlan los decretos de necesidad y urgencia?

El Jefe de Gabinete debe comunicar al Congreso de la Nación los decretos de necesidad y urgencia que se emiten.
El Congreso debe controlar si se cumplieron los requisitos que establece la Constitución.
La Comisión Bicameral Permanente tiene que expedirse y elevar el dictamen al plenario de cada una de las Cámaras para su tratamiento.

¿Quiénes deben firmar los decretos de necesidad y urgencia?

Deben ser firmados por el Presidente, el Jefe de Gabinete y todos los ministros.
Cuando se emite el decreto de necesidad y urgencia debe decir que se funda en el art. 99 inciso 3º de la Constitución Nacional.

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Decretos delegados

¿El Congreso puede delegar funciones legislativas en el Presidente?

No. En principio se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo salvo en temas de administración pública y emergencia pública.

¿Qué es un decreto delegado?

Es el que emite el Presidente cuando una ley del Congreso de la Nación lo autoriza. La ley puede delegarle funciones legislativas en materia de administración pública y emergencia pública y tiene que establecer el plazo para ejercer ese derecho y las pautas dentro de las cuales puede actuar.

¿Cómo se controlan los decretos delegados?

El Jefe de Gabinete debe comunicar al Congreso de la Nación los decretos delegados que se emiten.
El Congreso debe controlar si se cumplieron los requisitos que establece la Constitución.
La Comisión Bicameral Permanente tiene que expedirse y elevar el dictamen al plenario de cada una de las Cámaras para su tratamiento.

¿Quiénes deben firmar los decretos delegados?

Deben ser firmados por el Presidente y el Jefe de Gabinete. Cuando se emite un decreto delegado debe decir que se funda en la ley que delegó las facultades legislativas y en el art. 76 de la Constitución Nacional.

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Texto completo de la norma

Constitución Nacional


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