COVID-19 - Certificado Único de Discapacidad - Trámite a distancia - Prórroga
Establece el procedimiento para tramitar a distancia el Certificado Único de Discapacidad y prorroga la fecha de vencimiento de los certificados de discapacidad
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Trámite a distancia
Cuando es necesario obtener por primera vez el Certificado Único de Discapacidad (CUD) o el CUD está vencido sin prórroga de vencimiento o en casos de pérdida o robo del CUD, la evaluación puede ser realizda por medio de videoconferencia.
Para realizar el trámite, se deben seguir estos pasos:
El solicitante debe enviar toda la documentación requerida para obtener el CUD por correo postal o acordar un día para entregarla. Al enviar o entregar la documentación debe informar un número de teléfono o celular o una dirección de correo electrónico.
Si la junta evaluadora lo considera posible, la documentación también puede enviarse por medios digitales.Cuando la documentación recibida cumple los requisitos, la Junta establece un turno para hacer la evaluación por medio de teleconsulta por videollamada.
El turno se informa al solicitante por teléfono, correo electrónico o mensaje de Whatsapp.
En la evaluación por videollamada deben participar los tres profesionales de la junta evaluadora y el solicitante. Los integrantes de la junta deben constatar que la imagen del DNI coincide con la de la persona que están evaluando
Si la Junta considera que corresponde emitir el CUD, debe registrar en el protocolo:
- la forma en la que se hizo la evaluación
- la forma de entrega del CUD.
Si la junta considera que no corresponde emitir el CUD, deberá realizarse una nueva evaluación de manera presencial.
Evaluación presencial
Si la persona que desea tramitar su CUD no puede acceder a un dispositivo con cámara y micrófono (computadora o teléfono celular), puede pedir que la evaluación de la Junta sea hecha de manera presencial.
Entrega del Certificado Único de Discapacidad
El Certificado Único de Discapacidad puede ser enviado por correo postal con acuse de recibo al domicilio declarado del titular o establecer un lugar y fecha para su entrega.
Prórroga de fechas de vencimiento del CUD
Se prorroga por un año la validez de los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) que vencen entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020. Esta prórroga se extiende por un año a partir de su vencimiento.
Se prorroga por un año, contado desde la fecha de su vencimiento, la validez de los Certificados Únicos de Discapacidad que vencen entre el 1° de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, inclusive.
Texto completo de la norma
Resolución 106/2020 Agencia Nacional de Discapacidad
Normas complementarias
Resolución 63/2020 Agencia Nacional de Discapacidad
Resolución 209/2020 Agencia Nacional de Discapacidad
Resolución 1116/2020 Agencia Nacional de Discapacidad