Presidencia de la Nación

Asociaciones de la economía popular

Los trabajadores de la economía popular pueden formar asociaciones, inscribirlas y lograr la personería social.

Resolución 118/2021 Ministerio de Trabajo
Empleo y Seguridad Social

Trabajo


En esta página


Asociaciones de la economía popular

Las personas que trabajan en la economía popular y de subsistencia básica pueden formar asociaciones.

Luego de inscribir esas asociaciones podrán ejercer los derechos que les reconoce esta resolución.

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Trabajadores de la economía popular

Los trabajadores de la economía popular pueden ser, entre otros:

  • prestadores de tareas eventuales, ocasionales o changas;
  • vendedores ambulantes;
  • ocupantes de puestos callejeros;
  • personas dedicadas a la recuperación de residuos;
  • vendedores en pequeñas ferias;
  • agricultura familiar
  • venta de artesanías
  • cuidado de automóviles
  • lustrado de zapatos

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Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica

Para inscribirse en el registro las asociaciones deben cumplir estos requisitos:

  • Presentar las actas de las asambleas de constitución.

  • Presentar un proyecto de estatuto

  • Adjuntar una lista de afiliados (indicar documento de identidad y describir su actividad).

  • Fijar un domicilio y zona de actuación.

  • Indicar el patrimonio básico de afectación.

El Registro puede hacer observaciones, correcciones e intimar a que se presenten los elementos necesarios para evaluar la solicitud de inscripción.

Luego de analizar el cumplimiento de esos requisitos, el Registro inscribe a la asociación en un plazo de 60 días. La resolución que admita la inscripción otorga la personería social.

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Estatuto de la asociación

Los estatutos de la asociación deben incluir:

  • La denominación, domicilio, objeto y zona de actuación;

  • Una descripción de la actividad de los trabajadores de la economía popular a los que quiere representar;

  • Los derechos y obligaciones de los afiliados, requisitos para su admisión y procedimiento para su separación que garantice el derecho de defensa;

  • Las autoridades de la asociación. Deben estar separados los órganos ejecutivos y deliberativos y detalladas sus funciones y duración de mandatos;

  • Modo de constitución del patrimonio como fondo para el desenvolvimiento esencial.

  • Sistema de administración y control y régimen de cotización de los afiliados.

  • Época y forma de presentación de balances.

  • Régimen electoral que asegure la democracia interna y la periodicidad de los mandatos.

  • Régimen de convocatoria y funcionamiento de asambleas y congresos.

Encontrá un modelo de estatuto para asociaciones y otros formularios útiles entrando aquí.

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Órganos de las asociaciones de la economía popular

Órganos directivos

Los requisitos para integrar los órganos directivos de las asociaciones de la economía popular son:

  • ser mayor de edad;

  • no tener inhibiciones civiles o penales;

  • tener por lo menos 1 año de antigüedad en la afiliación;

Dentro de lo posible, en todos los cargos debe respetarse una participación femenina del 30% o más.

El mandato de los órganos directivos debe durar 5 años como máximo.

Asambleas

Las asambleas y congresos puede reunirse en sesión ordinaria o extraordinaria.

La celebración de la asamblea debe publicarse con 10 o más días de anticipación.

Las asambleas y congresos son los órganos que deben:

  • Establecer los criterios generales de actuación.

  • Aprobar y modificar los estatutos.

  • Aprobar los balances y la fusión con otras sociedades.

  • Aprobar la afiliación o desafiliación de asociaciones de grado superior.

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Patrimonio de las asociaciones de la economía popular

El patrimonio para llevar a cabo las actividades esenciales puede constituirse con:

  • las cotizaciones ordinarias o extraordinarias de los afiliados;

  • los bienes adquiridos y sus frutos;

  • las donaciones, legados, aportes y recursos no prohibidos por las leyes.

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Derechos de las asociaciones de la economía popular

Cuando la asociación de la economía popular está inscripta en el Registro puede ejercer los siguientes derechos, entre otros:

  • representar a sus afiliados cuando se necesite;

  • peticionar a las autoridades en defensa de los intereses y derechos de sus afiliados;

  • actuar ante organismos vinculados a programas, planes y proyectos que influyan en la vida de los trabajadores de la economía de subsistencia básica;

  • promover la participación de sus afiliados en todas las actividades que ayuden al tránsito de la informalidad a la formalidad;

  • promover la participación de sus afiliados en todos los planes o programas de inclusión;

  • hacer reclamos individuales o colectivos en la Comisión de Controversias, Mediación y Planteos de la Economía de Subsistencia Básica.

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Texto completo de la norma

Resolución 118/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Normas complementarias

Resolución 392/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Resolución 816/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información


 

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