Lo que tenés que saber
¿Tengo la obligación de votar?
Sí. La Constitución Nacional dice que el voto es obligatorio.
¿Hay casos en los que no tengo la obligación de votar?
Si tenés 16 años y menos de 18 años podés votar. Si no lo hacés, la ley no te sanciona.
Tampoco tenés la obligación de votar si tenés 70 años o más.
¿Cómo sé si puedo votar?
Podés votar si figurás en el padrón electoral.
¿Qué es el padrón electoral?
El padrón electoral es el registro o lista de todas las personas que pueden votar. Tiene los siguientes datos de los votantes: nombre y apellido, sexo, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, profesión, tipo y número de documento, entre otros.
¿Dónde puedo consultar el padrón?
Podés consultar el padrón electoral en https://padronelectoral.org
¿Con qué documento voto?
Podés votar con cualquiera de estos documentos, siempre que sea el último ejemplar emitido:
- Libreta de enrolamiento.
- Libreta cívica.
- DNI libreta verde.
- DNI libreta celeste.
- Tarjeta del DNI libreta celeste.
- Nuevo DNI tarjeta.
Ley 19.945, Código Nacional Electoral, Arts. 84 y 86 inc. 3 a.
¿En qué horario tengo que ir a votar?
Tenés que ir a votar entre las 8 de la mañana y las 6 de la tarde.
¿Qué pasa si el día de la votación estoy enfermo?
Si el día de la votación estás enfermo y no podés ir a votar, pedí un certificado médico. Lo vas a necesitar para justificar que no votaste.
Tenés 60 días después de la elección para presentarte ante la secretaría electoral correspondiente a tu domicilio y llevar el certificado que justifica el motivo de tu falta.
Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Arts. 12 inc c. y 125.
¿Qué pasa si el día de la votación estoy lejos del lugar donde tengo que votar?
Si el día de la votación estás a más de 500 km del lugar donde tenés que votar, presentate en la comisaría más cercana y pedí un certificado. Con ese certificado podés probar que estabas a más de 500 km de tu domicilio.
Tenés 60 días después de la elección para presentarte ante la secretaría electoral correspondiente a tu domicilio y llevar la documentación que justifica el motivo de tu falta.
Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Arts. 12 inc c. y 125.
¿Qué pasa si no voy a votar?
Si no vas a votar, tenés que justificar las razones por las que no lo hacés. De lo contrario, vas a figurar en un registro de infractores y tenés que pagar una multa. Si no pagás la multa, no vas a poder realizar trámites durante 1 año en organismos públicos.