Sobre los Acuerdos Nacionales y la plataforma Acordar
Como sucede a nivel mundial con la la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ante el coronavirus COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional ha tomado distintas medidas para poder hacer frente a la emergencia pública en materia sanitaria.
Entre ellas, dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 que estableció que, durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley 24156 estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos.
En todos esos casos, deberá procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial.
El mismo decreto facultó al jefe de Gabinete de Ministros a establecer los principios y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada. Bajo tal marco, la Jefatura de Gabinete de Ministros dictó la Decisión Administrativa 812/2020 que reguló un nuevo procedimiento denominado Acuerdos Nacionales, que reunirá las ofertas que realicen proveedores de todo el país para que la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma cuenten con las mismas ofertas para evaluar y decidir sus contrataciones de los bienes y servicios necesarios para atender la pandemia.
En tal sentido se creó la plataforma Acordar, portal de gestión de los acuerdos nacionales, como herramienta para administrar cupos de manera transparente y que la ciudadanía pueda conocer los bienes y servicios que se ofrecen al Estado, precio, ubicación, vendedor y comprador.