Etapas del proceso
etapas, las que varían, según el tipo de cargo convocado.
Los procesos de Selección que proceden mediante Convocatoria Interna, se encuadran en la
Resolución de la ex Secretaría de Gestión Pública N° 39/2010, sus modificatorias y
reglamentarias. Si queres conocer la normativa podes ingresar Aquí
La inscripción se realizará exclusivamente a través del portal web que
establezca la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO. Los aspirantes
deberán registrarse, completar sus datos personales, curriculares y
laborales, aceptar las "Bases, Términos y Condiciones", cargar la
documentación respaldatoria de los antecedentes declarados y postularse
al o a los puestos que integran la oferta publicada. Durante el período
de inscripción, el aspirante, podrá postularse al puesto convocado por
única vez, no pudiendo postularse nuevamente al mismo cargo. Vencido el
plazo de la inscripción, no se admitirán postulaciones al puesto
convocado. Los aspirantes, deberán completar los formularios que al
efecto indique el sistema, y deberá cargar la documentación
respaldatoria que acredite los antecedentes personales, curriculares y
laborales declarados.
- NÓMINA DE ASPIRANTES INSCRIPTOS Y EXCLUIDOS
Una vez finalizado el período de inscripción, el sistema que al
efecto establezca la Secretaría de Gestión y Empleo Público,
procederá a analizar si los aspirantes declaran cumplir con los
requisitos mínimos del perfil convocado detallados en las bases
del concursos y la Coordinación Concursal, procederá a labrar un
“Acta de Aspirantes” en la cual constarán la totalidad de las
personas que se inscribieron electrónicamente y se informará la
nómina de Aspirantes Inscriptos y Aspirantes Excluidos, con
indicación de la correspondiente causal - ACTO DE VALIDACIÓN
En el acto de validación, la Coordinación Concursal confrontará
la documentación con los antecedentes declarados por el
aspirante sobre la base de la información suministrada por el
mismo en el “C.v. Electrónico” conformado al momento de la
inscripción. La falta de carga y/o validación de la
documentación implicará que la misma no será integrada al "C.V.
Electrónico" y que los antecedentes oportunamente ingresados en
el portal web no serán considerados al momento del análisis para
la confección de la nómina de Aspirantes Inscriptos y Aspirantes
Excluidos y la Evaluación de Antecedentes Curriculares y
Laborales.
- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales.
La presente etapa consistirá en la evaluación de los Antecedentes
Curriculares y Laborales pertinentes, específicamente vinculados
a la función, de acuerdo con los requisitos exigidos para su
desempeño, conforme el perfil del puesto integrado en las Bases
del Concurso. La Coordinación Concursal evaluará, según la
puntuación objetiva determinada por el Comité de Selección en
las grillas previamente confeccionadas, la documentación
integrada y validada al "C.V. electrónico" de los postulantes y
asignará el correspondiente puntaje conforme el sistema
informático que a tal efecto determine la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO, pudiendo ser ratificados o rectificados por el
comité de selección mediante debida fundamentación. Sólo se
admitirán estudios universitarios del extranjero cuando fueren
completos y se acredite el título universitario que cuente con
la debida convalidación del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, o reválida
de las instituciones universitarias argentinas, según
corresponda. De igual modo, los títulos secundarios y terciarios
no universitarios deberán contar con el reconocimiento,
convalidación o reválida por las autoridades argentinas, según
corresponda. - Evaluación Técnica
El examen será de carácter digital y virtual, por lo que el
postulante deberá ingresar en la dirección web indicada en el
horario y día asignados. Tendrá una duración no mayor a UNA (1)
hora. En la misma, se examinarán las competencias generales
requeridas para el perfil del puesto. Se realizará en forma
digitalizada y virtual y se compondrá de preguntas objetivas y
estructuradas, mediante metodología sistematizada que al efecto
disponga la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO. Se
instrumentará a través de una evaluación diseñada a tal efecto
por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y el INSTITUTO
NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, la que estará destinada a
evaluar conocimiento o aptitudes de carácter general requeridos
para el ejercicio de la función o puesto de trabajo, según sea
el caso. En caso excepcional se podrán utilizar diferentes
metodologías y tecnologías para la instrumentación de dicha
evaluación, las que deberán hacerse constar en las Bases del
Concurso. En toda Convocatoria Interna, la Evaluación Técnica
General será la única modalidad para satisfacer la Evaluación
Técnica y su puntuación se considerará para la ponderación de la
totalidad de la misma, será diseñada por la OFICINA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO y el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, la que estará específicamente orientada a valorar
conocimientos, pericias y habilidades requeridas, incluyendo
aquellas referidas a la condición de agente de la Administración
Pública Nacional en el marco de los Convenios Colectivos
celebrados al amparo de la Ley N° 24.185. En Convocatorias
Internas para cargos del Agrupamiento Profesional, la evaluación
técnica a implementarse deberá contener preguntas sustantivas
del perfil convocado, las que serán confeccionadas por el Comité
de Selección. Se darán por cumplimentadas las etapas de
Evaluación Técnica General y de Evaluación mediante Entrevista
Laboral a través de una evaluación. - Evaluación del Perfil Psicológico
Esta etapa consistirá en una evaluación del perfil psicológico
que tendrá como objeto ponderar la adecuación de las
características de personalidad y de las competencias necesarias
vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en
el puesto de trabajo. Será efectuada por profesional
matriculado. Esta etapa será optativa en los procesos de
selección que se sustancien para la cobertura de cargos del
Agrupamiento General de los Niveles F a C sin la Función de
Jefatura, debiéndose anunciar con la difusión de la convocatoria
si se llevará o no a cabo. En caso de no haberlo anunciado, se
entenderá que se optó por cumplir con la presente etapa.
-
Los procesos culminan con un estricto Orden de Mérito, según las
puntuaciones obtenidas por los y las postulantes al proceso.
Tendrá una vigencia de SEIS (6) meses contados desde la fecha de
la designación del primer candidato y tendrá efectos
exclusivamente para el concurso del cargo convocado por el cual
se aprobó. Las vacantes serán asignadas a simple elección de los
aspirantes respetando su lugar en el Orden de Mérito. A este
efecto serán convocados a manifestar su elección, la que deberá
ser realizada dentro de los CINCO (5) días de notificado el
orden de mérito. Una vez notificado el Orden de Mérito o Terna,
el candidato seleccionado deberá concurrir al área de personal
del organismo cuyo cargo se hubiere concursado para presentar la
documentación requerida a los efectos de iniciar el proceso de
designación dentro de los QUINCE (15) días de producida dicha
notificación y notificarse del lugar, fecha y hora para realizar
el examen de aptitud psicofísica requerido para los ingresantes.
-
La persona designada deberá comenzar a prestar servicio dentro de
los TREINTA (30) días corridos de notificada la designación. Si
vencido ese plazo no hubiere comenzado a prestar servicios, se
designará al siguiente candidato en el orden de mérito.
La Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público N° 45/2021 estableció que: Las diversas
etapas e instancias que comprenden el proceso de selección, podrán ser implementadas mediante medios
virtuales y/o digitales, que a tal efecto disponga la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, en la
medida que continúen subsistiendo las medidas generales de prevención dictadas, y/o sus similares,
respecto de la COVID-19 de aplicación en todo el país, en el marco de la declaración de pandemia
emitida por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) y que tengan injerencia en el normal
desenvolvimiento laboral de manera presencial.