Presidencia de la Nación

Electorado migrante


El Código Electoral Nacional establece que la condición de elector para cargos electivos nacionales, está dado para los argentinos nativos o por opción desde los 16 años de edad y para los argentinos naturalizados desde los 18, siempre que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley.

Sin embargo, a nivel sub-nacional se establece la condición de elector para todos los ciudadanos. En ellas, extranjeros pueden elegir cargos provinciales y/o municipales.

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