Voto migrante
El Código Electoral Nacional establece que la condición de elector o electora para cargos electivos nacionales, está dada para los argentinos y argentinas nativas o por opción desde los 16 años de edad y para los argentinos y argentinas naturalizadas desde los 18, siempre que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley.
Sin embargo, a nivel sub-nacional se establece la condición de elector o electora para todos los ciudadanos o ciudadanas. En ellas, extranjeros y extranjeras pueden elegir cargos provinciales y/o municipales.