Presidencia de la Nación

Inscribir un traslado de domicilio de entidad civil a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Inspección General de Justicia

Realizá este trámite cuando quieras inscribir el traslado de domicilio de una entidad civil hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Con turno Presencial

Si tenés una entidad civil y querés radicar su domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberás realizar este trámite registral.
Para ello, deberás tramitar la cancelación de la entidad en la jurisdicción de origen e inscribir el traslado de la misma a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿A quién está dirigido?

Las asociaciones civiles y las fundaciones domiciliadas en jurisdicción provincial que quieran trasladar el domicilio a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué necesito?

Formulario de "Traslado del domicilio social / Cambio de jurisdicción". Completá los datos, imprimilo y abonalo.

Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 emitido por escribano público o por abogado, en los casos en que el trámite sea cumplimentado mediante escritura pública o instrumento privado, respectivamente.

Copias certificadas -notarialmente o por el organismo de control competente- del acta constitutiva y del texto ordenado del estatuto social de la entidad.

Constancia de la autorización para funcionar emitida por la autoridad provincial competente.

Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15, pudiendo utilizar la forma alternativa allí dispuesta -con copias de tamaño normal y protocolar ("margen ancho")- conteniendo la transcripción del acta de la asamblea de la asociación civil o del acta del consejo de administración de la fundación, en que se resolvió el cambio de domicilio y la reforma del artículo pertinente del estatuto que establece la nueva jurisdicción. Deberán indicarse los folios y datos de rúbrica del libro de actas de donde hubiera sido extraída la transcripción.

Nómina de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, con sus datos personales, su domicilio real y la fecha de vencimiento del plazo de duración de sus cargos, firmada por el presidente y el secretario de la entidad. Los integrantes de dichos órganos deberán constituir especial en el ámbito dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Copia del último estado contable de la entidad, aprobado y firmado por las autoridades sociales y con informe de contador público matriculado, en el que constarán el libro -con sus datos de rúbrica- y los folios en que se encontraren transcriptos.

Certificado del organismo de control competente de la jurisdicción de origen relativo a la vigencia de la entidad. Dicho certificado deberá ser emitido con una antelación no mayor a seis (6) meses de la fecha de presentación y deberá contener la información sobre la existencia o inexistencia de pedidos de declaración de quiebra contra la entidad, la presentación en concurso preventivo, si se hubiere producido, o la solicitud de declaración de la propia quiebra , las medidas cautelares que la afectaren; la identificación de los libros rubricados y/o medios mecánicos autorizados a la entidad y la situación de ella en orden al cumplimiento de obligaciones de presentación de estados contables y -si el ordenamiento del domicilio de origen las estableciere-las obligaciones tributarias por tasas sociales u otras cuya percepción esté a cargo del organismo de control. El certificado se presentará en documento único o no, según que las constancias que debe contener corresponda sean extendidas por uno o más organismos administrativos o judiciales de la jurisdicción de origen.

Cumplidos dichos recaudos la Inspección General de Justicia conformará el traslado a su jurisdicción advirtiendo que no tomará razón ni autorizará ningún otro acto hasta tanto no se acredite la efectiva cancelación en la jurisdicción de origen.
Dicha acreditación deberá efectuarse dentro del plazo de sesenta (60) días, contados a partir de la conformidad del traslado, bajo apercibimiento de la caducidad de la conformidad otorgada.

¿Cómo hago?

1

Completa el formulario y la documentación necesaria y solicitá turno para Mesa de Entradas General.

2

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291.

3

Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

¿Cuál es el costo del trámite?

ASOCIACIONES CIVILES – CATEGORÍA I: 4 módulos
ASOCIACIONES CIVILES – CATEGORÍA II: 8 módulos
ASOCIACIONES CIVILES – CATEGORÍA III: 12 módulos
FUNDACIONES: 8 módulos

Calculá el valor del trámite



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