Presidencia de la Nación

Ingredientes de fragancia alergénicos


Inscripción de productos

Se recuerda al sector regulado que los ingredientes de fragancia alergénicos son de
declaración obligatoria en el rotulado del producto cuando su concentración sea
superior al 0.001%, en el caso de productos que no deben enjuagarse, o al 0.01 %
cuando se trate de productos que se enjuagan.
Cuando estos ingredientes alergénicos no estén presentes en la fragancia empleada
o su concentración se encuentre por debajo de los límites anteriormente
mencionados, se deberá incluir en el trámite de inscripción del producto la
declaración del proveedor de la fragancia donde conste esta información o, en su
defecto, se admitirá una nota con la firma del director técnico responsable.

A continuación se detalla la lista de sustancias alergénicas de fragancia establecidas en la Disposición 6365/12:

• BUTYLPHENYL METHYLPROPI0NAL.
• ALPHA-ISOMETHYL IONONE.
• AMYLCINNAMAL.
• AMYLCINNAMYL ALCOHOL.
• ANISE ALCOHOL.
• BENZYL ALCOHOL.
• BENZYL BENZOATE.
• BENZYL CINNAMATE.
• BENZYL SALICYLATE.
• CINNAMAL.
• CINNAMYL ALCOHOL.
• CITRAL.
• CITRONELLOL.
• COUMARIN.
• d-LIMONENE.
• EUGENOL.
• FARNESOL.
• GERANIOL.
• HEXYL CINNAMAL.
• HYDROXYCITRONELLAL.
• HYDROXYISOHEXYL CYCLOHEXENE-CARBOXALDEHYDE.
• ISOEUGENOL.
• LINALOOL.
• METHYL2-0CTYNOATE.
• EVERNIA PRUNASTRI EXTRACT.
• EVERNIA FURFURACEA EXTRACT.

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