Presidencia de la Nación

Presentar información anual sobre concordancia de la registración contable

Informes periódicos contables para entidades civiles y sociedades comerciales que registran a través de medios mecánicos.

Presencial

Una vez obtenida la autorización para utilizar el sistema de registración mediante medios mecánicos (Art. 61 de la Ley 19.550), anualmente deberás realizar este trámite.

Para la realización del trámite necesitás tener presentados los períodos anteriores y los bianuales vencidos (de corresponder).

¿A quién está dirigido?

Entidades civiles y sociedades comerciales que utilizan la registración a través de medios mecánicos.

¿Qué necesito?

Formulario de "Informe anual concordancia contable". Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

Escrito debidamente suscripto por representante legal, con firma y cargo certificados notarialmente, invocando carácter de la presentación efectuada y ratificando la documentación acompañada por el profesional interviniente.

Informe especial firmado por Contador Público independiente, cuya firma se encuentre legalizada por la superintendencia de la matrícula, del que surja:

  • Número de Identificación de las Autorizaciones en función de las que se dictamina y datos del libro Inventario y Balances en el que se ha transcripto las siguientes piezas:
    • las autorizaciones y/o bajas emitidas por el Organismo,
    • la descripción de los sistemas aprobados,
    • los diseños de registros
    • el plan de cuentas.
  • La descripción exacta del sistema utilizado durante el ejercicio económico. Se informará si se han implementado actualizaciones al sistema oportunamente aprobado, con indicación de versión original y versión actual, así como fecha de efecto.
  • Opinión fundada respecto a la concordancia entre el diseño de los registros utilizados en el ejercicio sobre el que se dictamina y los oportunamente autorizados.
  • Opinión fundada respecto a la concordancia entre el sistema de registración contable utilizado y el oportunamente autorizado.
  • Opinión sobre cumplimiento de todos los apartados del artículo 326, 333 y 334 de la Resolución General I.G.J. N° 07/15, según corresponda.
  • En caso de detectarse discordancias entre el o los sistemas y diseños aprobados por el Organismo y los utilizados durante el ejercicio que se informa, el profesional interviniente acompañará detalle de las mismas, indicando fecha de efecto de cada una.
  • Opinión sobre cumplimiento de todos los apartados de los artículos 326, 333 y 334, según corresponda.
  • Junto con su informe, acompañará datos de la totalidad de los listados o registros utilizados durante el período que se informa, indicando: denominación, período, número inicial y final de cada soporte, libro o ficha y metodología de archivo de los mismos. En caso de medios ópticos indicará cumplimiento del artículo 334, incisos 5 y 6 de la Resolución General I.G.J. N° 07/15.
  • Informará vigencia del contrato de tercerización de archivo de documentación física y/o informática, en caso de corresponder.

Copia/s de la autorización/es vigente/s para el ejercicio económico respectivo.

Copia de las actas labradas en cumplimiento de los incisos 5 y 6 del artículo 334 de la Resolución General I.G.J. N° 07/15.

Estado de actualización de los registros autorizados y no dados de baja en el ejercicio en estudio.

¿Cómo hago?

1

Completá el formulario y solicitá turno para Mesa de Entradas.

2

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291

3

Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

Si sos matriculado/a y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:

  • La presentación se realiza con turno previo.
  • Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
  • La contestación de vistas contables solo se realiza en la sede central de IGJ.

¿Cuál es el costo del trámite?

Asociaciones Civiles Categoría II, trámite común: 12 módulos
Asociaciones Civiles Categoría III, trámite común: 12 módulos
Fundaciones, trámite común: 12 módulos

Sociedades accionarias, trámite común: 60 módulos
SAS, trámite común: 14 módulos
Sociedades no accionarias, trámite común: 60 módulos
Contratos asociativos, trámite común: 60 módulos
Contratos de Fideicomiso, trámite común: 60 módulos
Sociedades de capitalización y ahorro / Sociedades 299, trámite común: 60 módulos
Sociedades extranjeras, trámite común: 60 módulos.

Calculá el valor del trámite

Vigencia


La presentación vence a los 120 días del cierre de cada ejercicio, fuera de este término la presentación es extemporánea.



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