Presidencia de la Nación

Reformar estatuto (cooperativas)

La modificación de cualquier artículo del Estatuto de la cooperativa.

Gratuito En linea Presencial

La modificación de cualquier artículo del Estatuto Interno (si está homologado) de la cooperativa.

¿A quién está dirigido?

aquellas cooperativas que deseen reformar su estatuto.

¿Qué necesito?

1.- Previo al inicio del trámite, deberá encontrarse presentada la documentación asamblearia en la que la entidad haya tratado y aprobado la modificación estatutaria.
2.- presentación firmada por presidente y secretario del consejo de administración manifestando la solicitud de aprobación (Anexo de la (Resolución 1862/19).

¿Cómo hago?

1

Todas las reformas estatutarias deben ser aprobadas por Asamblea (ordinaria o extraordinaria).
Las resoluciones se adoptan por simple mayoría de los presentes en el momento de la votación,
salvo las previsiones del art. 53 de la Ley 20337 o lo establecido en el estatuto de la cooperativa
para decisiones que requieran mayor número. Por ejemplo el caso de cambio del objeto social,
la fusión o incorporación y la disolución, en donde es necesario la mayoría de los dos tercios de
los asociados presentes en el momento de la votación.

2

El trámite se puede realizar presentando la documentación por Mesa de Entradas, enviarla por correo postal o por Tramites a Distancia (TAD) en el siguiente enlace
Si la presentación es por Mesa de Entradas, podrá ser presentada por cualquier asociado a la cooperativa

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito



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