Presidencia de la Nación

Franquicia para compra de vehículos para Instituciones

Pueden acceder a la compra de un vehículo aquellas instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transporten personas con discapacidad.

Gratuito En linea

Aviso importante

El trámite de Franquicia para la compra de vehículos para Instituciones se inicia únicamente a través de la plataforma de Trámites a Distancia.

Las Instituciones Asistenciales (aquellas de carácter público o privado que brinden servicios de rehabilitación médica, educacional, laboral social o de mantenimiento de personas con discapacidad profunda o con deficiencias múltiples a personas con discapacidad) podrán acceder al régimen de franquicia impositiva, para adquisición de un automotor especialmente adaptado, cuya capacidad no sea inferior a ocho personas sentadas, o transportadas en sillas de ruedas o similares.

¿A quién está dirigido?

Aquellas instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transporten personas con discapacidad.

¿Qué necesito?

Para Instituciones Gubernamentales
  • Declaración jurada. La misma se completa online en el Sistema TAD
  • Constancia de inscripción vigente en la AFIP
  • Foto del acta de designación de la máxima autoridad.
  • Foto del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso) de la autoridad mencionada.
  • Foto de la Factura proforma (firmada y sellada por el agente de la concesionaria) del transporte institucional que se pretende adquirir, indicando marca, modelo, versión, con expresa mención del número de plazas cuya capacidad no sea inferior a 8 pacientes sentados.
    Para autos nacionales: Debe consignarse el valor de mercado del vehículo al cual debe sustraerse el importe del IVA (10,5 por ciento), consignando el total a pagar por la Institución con el beneficio de la ley.
    Para autos importados: debe encontrarse debidamente individualizado el valor FOB, más los gastos y valor total a pagar, asimismo, debe hacerse mención al número de VIN de la unidad.
    Para rampa y/o anclajes: deberá acompañarse una factura proforma por cada uno de ellos, con la descripción de sus características técnicas y el descuento del monto del IVA (21 por ciento), sin incluir la instalación de los mismos dentro de la cotización.
  • Foto del Acta o, nota por parte de la máxima autoridad, designando a los choferes autorizados a conducir el vehículo solicitado.
    Importante: Se permitirá autorizar un máximo de tres choferes.
  • Fotos de los DNI (anverso y reverso) y registros de conducir vigentes (anverso y reverso) y con categoría habilitante al transporte de pasajeros de los choferes autorizados.
  • Tramitación:
    Con subsidio:
    A) Foto del Acta que aprueba el subsidio concedido por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (Ley 25.730).
    B) Foto del Acta o Nota suscripta por la máxima autoridad mediante la cual el Organismo se hace cargo de la diferencia monetaria entre el subsidio obtenido y el valor del vehículo (en caso de corresponder).
    Con fondos propios de la Institución:
    Con fondos propios de la Institución:
    A) Nota suscripta por la máxima autoridad dejando expresa constancia de ello,
    B) Listado acreditando la cantidad de pacientes que moviliza,
    C) Fotos de los DNI (anverso y reverso) y Certificados de Discapacidad de los mismos,
    D) Croquis de los destinos a los cuales se desplazan,
    E) Fotos de las autorizaciones de los representantes legales (padres/tutores/curadores) para trasladarlos, en caso de corresponder.
Para Instituciones no Gubernamentales
  • Declaración jurada. La misma se completa online en el Sistema TAD
  • Constancia de inscripción vigente en la AFIP
  • Foto del acta de designación de la máxima autoridad.
  • Foto del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso) de la autoridad mencionada.
  • Factura proforma del transporte institucional que se pretende adquirir, indicando marca, modelo, versión, con expresa mención del número de plazas cuya capacidad no sea inferior a 8 pacientes sentados.
    Para autos nacionales: Debe consignarse el valor de mercado del vehículo al cual debe sustraerse el importe del IVA (10,5 por ciento), consignando el total a pagar por la Institución con el beneficio de la ley.
    Para autos importados: debe encontrarse debidamente individualizado el valor FOB, más los gastos y valor total a pagar, asimismo, debe hacerse mención al número de VIN de la unidad.
    Para rampas y/o anclajes: deberá acompañarse una factura proforma por cada uno de ellos, con la descripción de sus características técnicas y el descuento del monto del IVA (21 por ciento), sin incluir la instalación de los mismos dentro de la cotización.
  • Foto del Acta o, nota por parte de la máxima autoridad, designando a los choferes autorizados a conducir el vehículo solicitado.
    Importante: Se permitirá autorizar un máximo de tres choferes.
  • Fotos de los DNI (anverso y reverso) y registros de conducir vigentes (anverso y reverso) y con categoría habilitante al transporte de pasajeros de los choferes autorizados.
  • Foto del original del estatuto societario del cual surja que la Institución se encuadra en lo previsto por el Artículo 2 de la Ley 19.279: “Las instituciones asistenciales que se dediquen a la rehabilitación de personas con discapacidad, que no persigan fines de lucro y que sean reconocidas por la Autoridad de Aplicación, gozarán también de los beneficios otorgados por la presente.”
  • Foto de la Constancia de vigencia de la inscripción en Personería Jurídica.
  • Tramitación:
    Con subsidio:
    A) Foto del Acta que aprueba el subsidio concedido por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (Ley 25.730).
    B) Foto del Acta o Nota suscripta por la máxima autoridad mediante la cual la Institución se hace cargo de la diferencia monetaria entre el subsidio obtenido y el valor del vehículo (en caso de corresponder).
    Con fondos propios de la Institución:
    A) Nota suscripta por la máxima autoridad dejando expresa constancia de ello,
    B) Listado acreditando la cantidad de pacientes que moviliza,
    C) Fotos de los DNI (anverso y reverso) y Certificados de Discapacidad de los mismos,
    D) Croquis de los destinos a los cuales se desplazan,
    E) Fotos de las autorizaciones de los representantes legales (padres/tutores/curadores) para trasladarlos, en caso de corresponder.

    Los precedentes resultan ser los requisitos mínimos e indispensables para el inicio del referenciado trámite, será potestad de la autoridad de aplicación requerir todos aquellos documentos complementarios que resulten necesarios. Hasta tanto no se complementare la documentación el trámite no podrá continuar.

Importante: En caso de tener un vehículo adquirido por la franquicia, con carácter previo al requerimiento de un nuevo automotor, deberá solicitarse la libre disponibilidad del primero. Vale aclarar que la libre disponibilidad por tiempo transcurrido no es automática, y en todos los casos debe ser requerida ante este Organismo.

Las facturas que provengan del exterior deberán estar legalizadas por el agregado comercial del país de origen, redactadas en idioma nacional o traducidas por un traductor público nacional en caso de encontrarse en idioma extranjero.

¿Cómo hago?

1

Reuní todos los requisitos detallados en el punto anterior según corresponda.

2

Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia

Selecciona la opción Iniciar trámite: AFIP (de la Institución) con Clave Fiscal.

3

Completa los datos y adjunta la documentación que solicita el TAD.

4

Recibirás las notificaciones para continuar con el trámite.

En la Agencia Nacional de Discapacidad no contamos con el listado de vehículos homologados por la Secretaría de Industria ni con la información de las marcas que venden vehículos bajo el régimen de la Ley 19.279 y modificatorias.

Consultas:
Podés comunicarte por mail a [email protected] , por teléfono al 0800-555-3472 y a través del Chatbot TINA por Whatsapp al número (54–11) 3910-1010

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito



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